Ir al generador

🦺 Ley 5/2014 de Seguridad Privada · BOE-A-2014-3649

Artículo 61 de la Ley de Seguridad PrivadaSanciones a las empresas que desarrollen actividades de seguridad privada, sus representantes legales, los despachos de detectives privados y las centrales de alarma de uso propio

Texto vigente

Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 57, las siguientes sanciones:

1. Por la comisión de infracciones muy graves:

a) Multa de 30.001 a 600.000 euros.

b) Extinción de la autorización, o cierre de la empresa o despacho en los casos de declaración responsable, que comportará la prohibición de volver a obtenerla o presentarla, respectivamente, por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.

c) Prohibición para ocupar cargos de representación legal en empresas de seguridad privada por un plazo de entre uno y dos años.

2. Por la comisión de infracciones graves:

a) Multa de 3.001 a 30.000 euros.

b) Suspensión temporal de la autorización o de la declaración responsable por un plazo de entre seis meses y un año.

c) Prohibición para ocupar cargos de representación legal en empresas de seguridad privada por un plazo de entre seis meses y un año.

3. Por la comisión de infracciones leves:

a) Apercibimiento.

b) Multa de 300 a 3.000 euros.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 26/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 61. Sanciones a las empresas que desarrollen actividades de seguridad privada, sus representantes legales, los despachos de detectives privados y las centrales de alarma de uso propio (apartado 1)

Artículo 61 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Contenido1/5

Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 57, las siguientes sanciones:

Completa el hueco2/5

Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las ________ tipificadas en el artículo 57, las siguientes sanciones:

Artículo 61 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta2/5

infracciones

«Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 57, las siguientes sanciones:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Sanciones a las empresas que desarrollen actividades de seguridad privada, sus representantes legales, los despachos de detectives privados y las centrales de alarma de uso propio»?

Artículo 61 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta3/5

Artículo 61

Información4/5

Artículo 61. Sanciones a las empresas que desarrollen actividades de seguridad privada, sus representantes legales, los despachos de detectives privados y las centrales de alarma de uso propio (apartado 2)

Artículo 61 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Contenido4/5

Por la comisión de infracciones muy graves: • a) Multa de 30.001 a 600.000 euros. • b) Extinción de la autorización, o cierre de la empresa o despacho en los casos de declaración responsable, que comportará la prohibición de volver a obtenerla o presentarla, respectivamente, por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente. • c) Prohibición para ocupar cargos de representación legal en empresas de seguridad privada por un plazo de entre uno y dos años.

Completa el hueco5/5

Extinción de la autorización, o cierre de la empresa o despacho en los casos de declaración responsable, que comportará la prohibición de volver a obtenerla o presentarla, respectivamente, por un plazo de entre uno y ________ años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.

Artículo 61 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta5/5

dos

«Extinción de la autorización, o cierre de la empresa o despacho en los casos de declaración responsable, que comportará la prohibición de volver a obtenerla o presentarla, respectivamente, por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.»

Otros artículos de CAPÍTULO II. Sanciones