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🦺 Ley 5/2014 de Seguridad Privada · BOE-A-2014-3649

Artículo 63 de la Ley de Seguridad PrivadaSanciones a usuarios y centros de formación

Texto vigente

Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 59, las siguientes sanciones:

1. Por la comisión de infracciones muy graves:

a) Multa de 20.001 a 100.000 euros.

b) Cierre del centro de formación, que comportará la prohibición de volver a presentar la declaración responsable para su apertura por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.

c) La clausura, desde seis meses y un día a dos años, de los establecimientos que no tengan en funcionamiento las medidas de seguridad obligatorias.

2. Por la comisión de infracciones graves:

a) Multa de 3.001 a 20.000 euros.

b) Suspensión temporal de la declaración responsable del centro de formación por un plazo de entre seis meses y un año.

3. Por la comisión de infracciones leves:

a) Apercibimiento.

b) Multa de 300 a 3.000 euros.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 26/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 63. Sanciones a usuarios y centros de formación (apartado 1)

Artículo 63 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Contenido1/5

Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 59, las siguientes sanciones:

Completa el hueco2/5

Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las ________ tipificadas en el artículo 59, las siguientes sanciones:

Artículo 63 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta2/5

infracciones

«Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 59, las siguientes sanciones:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Sanciones a usuarios y centros de formación»?

Artículo 63 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta3/5

Artículo 63

Información4/5

Artículo 63. Sanciones a usuarios y centros de formación (apartado 2)

Artículo 63 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Contenido4/5

Por la comisión de infracciones muy graves: • a) Multa de 20.001 a 100.000 euros. • b) Cierre del centro de formación, que comportará la prohibición de volver a presentar la declaración responsable para su apertura por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente. • c) La clausura, desde seis meses y un día a dos años, de los establecimientos que no tengan en funcionamiento las medidas de seguridad obligatorias.

Completa el hueco5/5

Cierre del centro de formación, que comportará la prohibición de volver a presentar la declaración responsable para su apertura por un plazo de entre uno y ________ años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.

Artículo 63 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta5/5

dos

«Cierre del centro de formación, que comportará la prohibición de volver a presentar la declaración responsable para su apertura por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.»

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