Ir al generador

⛑️ Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales · BOE-A-1995-24292

Disposición adicional decimosexta de la Ley de Prevención de Riesgos LaboralesAcreditación de la formación

Texto vigente

Las entidades públicas o privadas que pretendan desarrollar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales de las previstas en la Disposición transitoria tercera del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, deberán acreditar su capacidad mediante una declaración responsable ante la autoridad laboral competente sobre el cumplimiento de los requisitos que se determinen reglamentariamente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 22/06/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/2

Disposición adicional decimosexta. Acreditación de la formación

Disposición adicional decimosexta · Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
Contenido1/2

Las entidades públicas o privadas que pretendan desarrollar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales de las previstas en la Disposición transitoria tercera del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, deberán acreditar su capacidad mediante una declaración responsable ante la autoridad laboral competente sobre el cumplimiento de los requisitos que se determinen reglamentariamente.

¿Qué artículo?2/2

¿Qué artículo lleva por título «Acreditación de la formación»?

Disposición adicional decimosexta · Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
Respuesta2/2

Disposición adicional decimosexta

Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales