⛑️ Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales · BOE-A-1995-24292
Disposición adicional décima de la Ley de Prevención de Riesgos LaboralesSociedades cooperativas
Texto vigente
El procedimiento para la designación de los Delegados de Prevención regulados en el artículo 35 de esta Ley en las sociedades cooperativas que no cuenten con asalariados deberá estar previsto en sus Estatutos o ser objeto de acuerdo en Asamblea General.
Cuando, además de los socios que prestan su trabajo personal, existan asalariados se computarán ambos colectivos a efectos de lo dispuesto en el número 2 del artículo 35. En este caso, la designación de los Delegados de Prevención se realizará conjuntamente por los socios que prestan trabajo y los trabajadores asalariados o, en su caso, los representantes de éstos.
Flashcards de este artículo
Disposición adicional décima. Sociedades cooperativas
El procedimiento para la designación de los Delegados de Prevención regulados en el artículo 35 de esta Ley en las sociedades cooperativas que no cuenten con asalariados deberá estar previsto en sus Estatutos o ser objeto de acuerdo en Asamblea General. Cuando, además de los socios que prestan su trabajo personal, existan asalariados se computarán ambos colectivos a efectos de lo dispuesto en el número 2 del artículo 35. En este caso, la designación de los Delegados de Prevención se realizará conjuntamente por los socios que prestan trabajo y los trabajadores asalariados o, en su caso, los representantes de éstos.
El ________ para la designación de los Delegados de Prevención regulados en el artículo 35 de esta Ley en las sociedades cooperativas que no cuenten con asalariados deberá estar previsto en sus Estatutos o ser objeto de acuerdo en Asamblea General.
procedimiento
«El procedimiento para la designación de los Delegados de Prevención regulados en el artículo 35 de esta Ley en las sociedades cooperativas que no cuenten con asalariados deberá estar previsto en sus Estatutos o ser objeto de acuerdo en Asamblea General.»
¿Qué artículo lleva por título «Sociedades cooperativas»?
Cuando, además de los socios que prestan su trabajo personal, existan ________ se computarán ambos colectivos a efectos de lo dispuesto en el número 2 del artículo 35.
asalariados
«Cuando, además de los socios que prestan su trabajo personal, existan asalariados se computarán ambos colectivos a efectos de lo dispuesto en el número 2 del artículo 35.»
¿Qué artículo establece: «El procedimiento para la designación de los Delegados de Prevención regulados en el artículo 35 de esta Ley en las sociedades cooperativas…»?
Disposición adicional décima. Sociedades cooperativas
«El procedimiento para la designación de los Delegados de Prevención regulados en el artículo 35 de esta Ley en las sociedades cooperativas que no cuenten con asalariados deberá estar previsto en sus Estatutos o ser objeto de acuerdo en Asamblea General.»
Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales
- Disposición adicional primera · Definiciones a efectos de Seguridad Social
- Disposición adicional segunda · Reordenación orgánica
- Disposición adicional tercera · Carácter básico
- Disposición adicional cuarta · Designación de Delegados de Prevención en supuestos especiales
- Disposición adicional quinta · Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, FSP
- Disposición adicional sexta · Constitución de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Disposición adicional séptima · Cumplimiento de la normativa de transporte de mercancías peligrosas
- Disposición adicional octava · Planes de organización de actividades preventivas
- Disposición adicional novena · Establecimientos militares
- Disposición adicional novena bis · Personal militar
- Disposición adicional undécima · Modificación del Estatuto de los Trabajadores en materia de permisos retribuidos
- Disposición adicional duodécima · Participación institucional en las Comunidades Autónomas
- Disposición adicional decimotercera · Fondo de Prevención y Rehabilitación
- Disposición adicional decimocuarta · Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción
- Disposición adicional decimoquinta · Habilitación de funcionarios públicos
- Disposición adicional decimosexta · Acreditación de la formación
- Disposición adicional decimoséptima · Asesoramiento técnico a las empresas de hasta veinticinco trabajadores
- Disposición adicional decimoctava · Protección de la seguridad y la salud en el trabajo de las personas trabajadoras en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar
- Disposición transitoria primera · Aplicación de disposiciones más favorables
- Disposición transitoria segunda
- Disposición derogatoria única · Alcance de la derogación
- Disposición final primera · Actualización de sanciones
- Disposición final segunda · Entrada en vigor
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.