🗺️ Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia (LO 4/1982) · BOE-A-1982-15031
Artículo 22 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia
Texto vigente
La Asamblea Regional ostenta la potestad legislativa y, en el ejercicio de sus funciones, le corresponde: Aprobar los presupuestos; impulsar, orientar y controlar la acción del Consejo de Gobierno y del Presidente, y en general, el ejercicio de las competencias que le confieren la Constitución, este Estatuto y demás normas del ordenamiento jurídico.
Flashcards de este artículo
Artículo 22
La Asamblea Regional ostenta la potestad legislativa y, en el ejercicio de sus funciones, le corresponde: Aprobar los presupuestos; impulsar, orientar y controlar la acción del Consejo de Gobierno y del Presidente, y en general, el ejercicio de las competencias que le confieren la Constitución, este Estatuto y demás normas del ordenamiento jurídico.
La Asamblea Regional ostenta la potestad ________ y, en el ejercicio de sus funciones, le corresponde:
legislativa
«La Asamblea Regional ostenta la potestad legislativa y, en el ejercicio de sus funciones, le corresponde:»
¿Qué artículo establece: «La Asamblea Regional ostenta la potestad legislativa y, en el ejercicio de sus funciones, le corresponde»?
Artículo 22
«La Asamblea Regional ostenta la potestad legislativa y, en el ejercicio de sus funciones, le corresponde:»
impulsar, orientar y controlar la acción del Consejo de Gobierno y del Presidente, y en general, el ejercicio de las ________ que le confieren la Constitución, este Estatuto y demás normas del ordenamiento jurídico.
competencias
«impulsar, orientar y controlar la acción del Consejo de Gobierno y del Presidente, y en general, el ejercicio de las competencias que le confieren la Constitución, este Estatuto y demás normas del ordenamiento jurídico.»
¿Qué artículo establece: «impulsar, orientar y controlar la acción del Consejo de Gobierno y del Presidente, y en general, el ejercicio de las competencias que…»?
Artículo 22
«impulsar, orientar y controlar la acción del Consejo de Gobierno y del Presidente, y en general, el ejercicio de las competencias que le confieren la Constitución, este Estatuto y demás normas del ordenamiento jurídico.»
Otros artículos de CAPITULO II. De la Asamblea Regional
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.