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🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030

Artículo 38 del Estatuto de Autonomía de La Rioja

Texto vigente

Uno. Los Notarios y los Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de conformidad con las Leyes del Estado.

Dos. La Comunidad Autónoma de La Rioja participará en la fijación de las demarcaciones correspondientes a los Registros de la Propiedad y Mercantiles. También participará en la fijación de las demarcaciones notariales y del número de Notarios de acuerdo con lo previsto en las Leyes del Estado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 16/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 38

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Contenido1/5

Uno. Los Notarios y los Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de conformidad con las Leyes del Estado. Dos. La Comunidad Autónoma de La Rioja participará en la fijación de las demarcaciones correspondientes a los Registros de la Propiedad y Mercantiles. También participará en la fijación de las demarcaciones notariales y del número de Notarios de acuerdo con lo previsto en las Leyes del Estado.

Completa el hueco2/5

Los Notarios y los ________ de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de conformidad con las Leyes del Estado.

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta2/5

Registradores

«Los Notarios y los Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de conformidad con las Leyes del Estado.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los Notarios y los Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de conformidad con…»?

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta3/5

Artículo 38

«Los Notarios y los Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de conformidad con las Leyes del Estado.»
Completa el hueco4/5

La Comunidad Autónoma de La Rioja participará en la fijación de las ________ correspondientes a los Registros de la Propiedad y Mercantiles.

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta4/5

demarcaciones

«La Comunidad Autónoma de La Rioja participará en la fijación de las demarcaciones correspondientes a los Registros de la Propiedad y Mercantiles.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La Comunidad Autónoma de La Rioja participará en la fijación de las demarcaciones correspondientes a los Registros de la Propiedad y Mercantiles»?

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta5/5

Artículo 38

«La Comunidad Autónoma de La Rioja participará en la fijación de las demarcaciones correspondientes a los Registros de la Propiedad y Mercantiles.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 28/01/1999 por BOE-A-1999-339.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (09/07/1982):

La Uno. Los Notarios y los Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma gozara de conformidad con las Leyes del tratamiento fiscal que Estado. Dos. La Comunidad Autónoma de La Rioja participará en la Ley establezca para el fijación de las demarcaciones correspondientes a los Registros de la Propiedad y Mercantiles. También participará en la fijación de las demarcaciones notariales y del número de Notarios de acuerdo con lo previsto en las Leyes del Estado.

  1. Vigente desde 09/07/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 28/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-339

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