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🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030

Artículo 35 del Estatuto de Autonomía de La Rioja

Texto vigente

Uno. El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que tendrá su sede en Logroño, es el órgano jurisdiccional de la Comunidad Autónoma en el que se agotarán las sucesivas instancias procesales en los términos del artículo 152 de la Constitución y de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y con el presente Estatuto.

Dos. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Tres. El Presidente de la Comunidad Autónoma ordenará la publicación del nombramiento en el "Boletín Oficial de La Rioja".

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 16/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 35

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Contenido1/5

Uno. El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que tendrá su sede en Logroño, es el órgano jurisdiccional de la Comunidad Autónoma en el que se agotarán las sucesivas instancias procesales en los términos del artículo 152 de la Constitución y de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y con el presente Estatuto. Dos. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. Tres. El Presidente de la Comunidad Autónoma ordenará la publicación del nombramiento en el "Boletín Oficial de La Rioja".

Completa el hueco2/5

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que tendrá su sede en Logroño, es el órgano ________ de la Comunidad Autónoma en el que se agotarán las sucesivas instancias procesales en los términos del artículo 152 de la Constitución y de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y con el presente Estatuto.

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta2/5

jurisdiccional

«El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que tendrá su sede en Logroño, es el órgano jurisdiccional de la Comunidad Autónoma en el que se agotarán las sucesivas instancias procesales en los términos del artículo 152 de la Constitución y de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y con el presente Estatuto.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que tendrá su sede en Logroño, es el órgano jurisdiccional de la Comunidad Autónoma…»?

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta3/5

Artículo 35

«El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que tendrá su sede en Logroño, es el órgano jurisdiccional de la Comunidad Autónoma en el que se agotarán las sucesivas instancias procesales en los términos del artículo 152 de la Constitución y de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y con el presente Estatuto.»
Completa el hueco4/5

El ________ del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta4/5

Presidente

«El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder…»?

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta5/5

Artículo 35

«El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 28/01/1999 por BOE-A-1999-339.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (09/07/1982):

Uno. El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que tendrá su sede en Logroño, es el órgano jurisdiccional de la Comunidad Autónoma regulara por sus órganos competentes, según lo establecido en el presente Estatuto y normas que lo desarrollen, se agotarán las siguientes materias: a) La elaboración, examen, aprobación y control de sus presupuestos. b) El establecimiento, modificación y supresión de sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales, así como de sucesivas instancias procesales en los elementos directamente determinantes términos del artículo 152 de la deuda tributaria, inclusive exenciones y bonificaciones que les afecten. c) El establecimiento, modificación y supresión de los recargos sobre impuestos estatales. d) La emisión de deuda pública Constitución y las operaciones de crédito, de acuerdo con lo establecido en el artículo catorce de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas. e) El régimen jurídico de su patrimonio en del Poder Judicial y con el marco de la legislación básica presente Estatuto. Dos. El Presidente del Estado. f) Los reglamentos generales Tribunal Superior de sus propios impuestos. g) Las normas reglamentarias precisas para gestionar los impuestos estatales cedidos Justicia de acuerdo con las especificaciones La Rioja será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. Tres. El Presidente de dicha cesión. h) Las demás funciones y competencias que le atribuyan las Leyes. Dos. Deberán adoptar necesariamente la forma de ley las cuestiones referidas Comunidad Autónoma ordenará la publicación del nombramiento en los apartados b), c), d) y e) y aquellas otras que así lo requiera el ordenamiento jurídico. "Boletín Oficial de La Rioja".

  1. Vigente desde 09/07/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 28/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-339

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