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🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138

Artículo 70 del Estatuto de Autonomía de CanariasCompetencias insulares

Texto vigente

1. A las islas les corresponde el ejercicio de las competencias que les son reconocidas como propias; las que se les transfieran o deleguen, y la colaboración en el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Gobierno de Canarias, en los términos que establezcan las leyes del Parlamento. Las transferencias y delegaciones llevarán incorporadas los medios económicos, materiales y personales que correspondan.

2. Los cabildos insulares, como instituciones de la Comunidad Autónoma, ejercerán funciones ejecutivas de carácter insular en el marco y dentro de los límites de la legislación aplicable, en las siguientes materias:

a) Demarcaciones territoriales, alteración de términos y denominación oficial de los municipios.

b) Ordenación del territorio.

c) Carreteras, salvo las que se declaren de interés autonómico, en el marco de lo que disponga la legislación territorial canaria.

d) Transporte por carretera, por cable y ferrocarril.

e) Gestión de puertos de refugio y deportivos, salvo que se declaren de interés autonómico.

f) Turismo.

g) Ferias y mercados insulares.

h) Defensa del consumidor.

i) Asistencia social y servicios sociales.

j) Policía de vivienda. Conservación y administración del parque público de viviendas.

k) Las funciones propias de la Agencia de Extensión Agraria. Infraestructura rural de carácter insular. Granjas experimentales.

l) Campañas de saneamiento zoosanitario.

m) Servicios forestales, vías pecuarias y pastos.

n) Protección del medio ambiente.

ñ) Acuicultura y cultivos marinos.

o) Artesanía.

p) Cultura, deportes, ocio y esparcimiento. Patrimonio histórico-artístico insular. Museos, bibliotecas y archivos que no se reserve la Comunidad Autónoma.

q) Caza.

r) Residencias de estudiantes en la isla.

s) Espectáculos.

t) Actividades clasificadas.

u) Igualdad de género.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 70. Competencias insulares (apartado 1)

Artículo 70 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido1/5

A las islas les corresponde el ejercicio de las competencias que les son reconocidas como propias; las que se les transfieran o deleguen, y la colaboración en el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Gobierno de Canarias, en los términos que establezcan las leyes del Parlamento. Las transferencias y delegaciones llevarán incorporadas los medios económicos, materiales y personales que correspondan.

Completa el hueco2/5

A las islas les corresponde el ejercicio de las ________ que les son reconocidas como propias;

Artículo 70 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta2/5

competencias

«A las islas les corresponde el ejercicio de las competencias que les son reconocidas como propias;»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Competencias insulares»?

Artículo 70 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta3/5

Artículo 70

Información4/5

Artículo 70. Competencias insulares (apartado 2, 1/3)

Artículo 70 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido4/5

Los cabildos insulares, como instituciones de la Comunidad Autónoma, ejercerán funciones ejecutivas de carácter insular en el marco y dentro de los límites de la legislación aplicable, en las siguientes materias: • a) Demarcaciones territoriales, alteración de términos y denominación oficial de los municipios. • b) Ordenación del territorio. • c) Carreteras, salvo las que se declaren de interés autonómico, en el marco de lo que disponga la legislación territorial canaria. • d) Transporte por carretera, por cable y ferrocarril. • e) Gestión de puertos de refugio y deportivos, salvo que se declaren de interés autonómico. • f) Turismo. • g) Ferias y mercados insulares. • h) Defensa del consumidor.

Completa el hueco5/5

las que se les transfieran o deleguen, y la colaboración en el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Gobierno de Canarias, en los términos que ________ las leyes del Parlamento.

Artículo 70 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta5/5

establezcan

«las que se les transfieran o deleguen, y la colaboración en el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Gobierno de Canarias, en los términos que establezcan las leyes del Parlamento.»

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