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🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444

Artículo 42 del Estatuto de Autonomía de AragónPotestad legislativa

Texto vigente

1. Las Cortes de Aragón ejercen la potestad legislativa.

2. La iniciativa legislativa corresponde a los miembros de las Cortes de Aragón y al Gobierno de Aragón, en los términos que establezcan la ley y el Reglamento de las Cortes. Por ley de Cortes de Aragón se regulará la iniciativa legislativa popular.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 02/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 42. Potestad legislativa (apartado 1)

Artículo 42 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Contenido1/5

Las Cortes de Aragón ejercen la potestad legislativa.

Completa el hueco2/5

Las Cortes de Aragón ejercen la potestad ________.

Artículo 42 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta2/5

legislativa

«Las Cortes de Aragón ejercen la potestad legislativa.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Potestad legislativa»?

Artículo 42 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta3/5

Artículo 42

Información4/5

Artículo 42. Potestad legislativa (apartado 2)

Artículo 42 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Contenido4/5

La iniciativa legislativa corresponde a los miembros de las Cortes de Aragón y al Gobierno de Aragón, en los términos que establezcan la ley y el Reglamento de las Cortes. Por ley de Cortes de Aragón se regulará la iniciativa legislativa popular.

Completa el hueco5/5

La iniciativa ________ corresponde a los miembros de las Cortes de Aragón y al Gobierno de Aragón, en los términos que establezcan la ley y el Reglamento de las Cortes.

Artículo 42 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta5/5

legislativa

«La iniciativa legislativa corresponde a los miembros de las Cortes de Aragón y al Gobierno de Aragón, en los términos que establezcan la ley y el Reglamento de las Cortes.»

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