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🔐 LO 3/2018 de Protección de Datos · BOE-A-2018-16673

Artículo 80 de la LO 3/2018 de Protección de DatosDerecho a la neutralidad de Internet

Texto vigente

Los usuarios tienen derecho a la neutralidad de Internet. Los proveedores de servicios de Internet proporcionarán una oferta transparente de servicios sin discriminación por motivos técnicos o económicos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 80. Derecho a la neutralidad de Internet

Artículo 80 · LO 3/2018 de Protección de Datos
Contenido1/5

Los usuarios tienen derecho a la neutralidad de Internet. Los proveedores de servicios de Internet proporcionarán una oferta transparente de servicios sin discriminación por motivos técnicos o económicos.

Completa el hueco2/5

Los ________ tienen derecho a la neutralidad de Internet.

Artículo 80 · LO 3/2018 de Protección de Datos
Respuesta2/5

usuarios

«Los usuarios tienen derecho a la neutralidad de Internet.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Derecho a la neutralidad de Internet»?

Artículo 80 · LO 3/2018 de Protección de Datos
Respuesta3/5

Artículo 80

Completa el hueco4/5

Los proveedores de servicios de Internet proporcionarán una oferta transparente de servicios sin ________ por motivos técnicos o económicos.

Artículo 80 · LO 3/2018 de Protección de Datos
Respuesta4/5

discriminación

«Los proveedores de servicios de Internet proporcionarán una oferta transparente de servicios sin discriminación por motivos técnicos o económicos.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Los usuarios tienen derecho a la neutralidad de Internet»?

Artículo 80 · LO 3/2018 de Protección de Datos
Respuesta5/5

Artículo 80. Derecho a la neutralidad de Internet

«Los usuarios tienen derecho a la neutralidad de Internet.»

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