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🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722

Artículo 98 de la Ley de Tráfico y Seguridad VialInfracciones

Texto vigente

El intercambio transfronterizo de información se llevará a cabo sobre las siguientes infracciones de tráfico:

a) Exceso de velocidad.

b) Conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas.

c) No utilización del cinturón de seguridad u otros sistemas de retención homologados.

d) No detención ante un semáforo en rojo o en el lugar prescrito por la señal de «stop».

e) Circulación por un carril prohibido, circulación indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios.

f) Conducción con presencia de drogas en el organismo.

g) No utilización del casco de protección.

h) Utilización del teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción cuando no esté permitido.

i) El impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 01/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 98. Infracciones (1/2)

Artículo 98 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido1/5

El intercambio transfronterizo de información se llevará a cabo sobre las siguientes infracciones de tráfico: • a) Exceso de velocidad. • b) Conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas. • c) No utilización del cinturón de seguridad u otros sistemas de retención homologados. • d) No detención ante un semáforo en rojo o en el lugar prescrito por la señal de «stop». • e) Circulación por un carril prohibido, circulación indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios. • f) Conducción con presencia de drogas en el organismo. • g) No utilización del casco de protección.

Completa el hueco2/5

El intercambio ________ de información se llevará a cabo sobre las siguientes infracciones de tráfico:

Artículo 98 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta2/5

transfronterizo

«El intercambio transfronterizo de información se llevará a cabo sobre las siguientes infracciones de tráfico:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Infracciones»?

Artículo 98 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta3/5

Artículo 98

Información4/5

Artículo 98. Infracciones (2/2)

Artículo 98 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido4/5

• h) Utilización del teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción cuando no esté permitido. • i) El impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles.

Completa el hueco5/5

Conducción con tasas de alcohol superiores a las ________ establecidas.

Artículo 98 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta5/5

reglamentariamente

«Conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 22/12/2021 por BOE-A-2021-21006.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/11/2015):

El intercambio transfronterizo de información se llevará a cabo sobre las siguientes infracciones de tráfico: a) Exceso de velocidad. b) Conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas. c) No utilización del cinturón de seguridad u otros sistemas de retención homologados. d) No detención ante un semáforo en rojo o en el lugar prescrito por la señal de «stop». e) Circulación por un carril prohibido, circulación indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios. f) Conducción con presencia de drogas en el organismo. g) No utilización del casco de protección. h) Utilización del teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción cuando no esté permitido. i) El impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles.

  1. Vigente desde 01/11/2015 · redacción original
  2. Vigente desde 22/12/2021 · modificado por BOE-A-2021-21006

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