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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Disposición adicional cuadragésima octava de la Ley de Contratos del Sector PúblicoReserva de ciertos contratos de servicios sociales, culturales y de salud a determinadas organizaciones

Texto vigente

1. Sin perjuicio de lo establecido en la Disposición adicional cuarta, los órganos de contratación de los poderes adjudicadores podrán reservar a determinadas organizaciones el derecho a participar en los procedimientos de licitación de los contratos de servicios de carácter social, cultural y de salud que enumera el Anexo IV bajo los códigos CPV 75121000-0, 75122000-7, 75123000-4, 79622000-0, 79624000-4, 79625000-1, 80110000-8, 80300000-7, 80420000-4, 80430000-7, 80511000-9, 80520000-5, 80590000-6, desde 85000000-9 hasta 85323000-9, 92500000-6, 92600000-7, 98133000-4 y 98133110-8.

2. Las organizaciones a que se refiere el apartado 1 deberán cumplir todas y cada una de las condiciones siguientes:

a) Que su objetivo sea la realización de una misión de servicio público vinculada a la prestación de los servicios contemplados en el apartado primero.

b) Que los beneficios se reinviertan con el fin de alcanzar el objetivo de la organización; o en caso de que se distribuyan o redistribuyan beneficios, la distribución o redistribución deberá realizarse con arreglo a criterios de participación.

c) Que las estructuras de dirección o propiedad de la organización que ejecute el contrato se basen en la propiedad de los empleados, o en principios de participación, o exijan la participación activa de los empleados, los usuarios o las partes interesadas.

d) Que el poder adjudicador de que se trate no haya adjudicado a la organización un contrato para los servicios en cuestión con arreglo al presente artículo en los tres años precedentes.

3. La duración máxima del contrato que se adjudique de acuerdo con lo dispuesto en esta disposición adicional no excederá de tres años.

4. En el anuncio que sirva de medio de convocatoria de la licitación se hará referencia a la presente Disposición adicional.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Disposición adicional cuadragésima octava. Reserva de ciertos contratos de servicios sociales, culturales y de salud a determinadas organizaciones (apartado 1)

Disposición adicional cuadragésima octava · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

Sin perjuicio de lo establecido en la Disposición adicional cuarta, los órganos de contratación de los poderes adjudicadores podrán reservar a determinadas organizaciones el derecho a participar en los procedimientos de licitación de los contratos de servicios de carácter social, cultural y de salud que enumera el Anexo IV bajo los códigos CPV 75121000-0, 75122000-7, 75123000-4, 79622000-0, 79624000-4, 79625000-1, 80110000-8, 80300000-7, 80420000-4, 80430000-7, 80511000-9, 80520000-5, 80590000-6, desde 85000000-9 hasta 85323000-9, 92500000-6, 92600000-7, 98133000-4 y 98133110-8.

Completa el hueco2/5

Las ________ a que se refiere el apartado 1 deberán cumplir todas y cada una de las condiciones siguientes:

Disposición adicional cuadragésima octava · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

organizaciones

«Las organizaciones a que se refiere el apartado 1 deberán cumplir todas y cada una de las condiciones siguientes:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Reserva de ciertos contratos de servicios sociales, culturales y de salud a determinadas organizaciones»?

Disposición adicional cuadragésima octava · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Disposición adicional cuadragésima octava

Información4/5

Disposición adicional cuadragésima octava. Reserva de ciertos contratos de servicios sociales, culturales y de salud a determinadas organizaciones (apartado 2, 1/2)

Disposición adicional cuadragésima octava · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido4/5

Las organizaciones a que se refiere el apartado 1 deberán cumplir todas y cada una de las condiciones siguientes: • a) Que su objetivo sea la realización de una misión de servicio público vinculada a la prestación de los servicios contemplados en el apartado primero. • b) Que los beneficios se reinviertan con el fin de alcanzar el objetivo de la organización; o en caso de que se distribuyan o redistribuyan beneficios, la distribución o redistribución deberá realizarse con arreglo a criterios de participación.

Completa el hueco5/5

Que su objetivo sea la realización de una misión de servicio público vinculada a la prestación de los servicios ________ en el apartado primero.

Disposición adicional cuadragésima octava · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

contemplados

«Que su objetivo sea la realización de una misión de servicio público vinculada a la prestación de los servicios contemplados en el apartado primero.»

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