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🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408

Disposición adicional sexta de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilCurso de capacitación para ascenso al empleo de comandante

Texto vigente

El personal que haya superado el curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante de la escala superior de oficiales establecido en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre estará exento del requisito de realización del curso de capacitación que establece la presente Ley para el ascenso a dicho empleo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional sexta. Curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante

Disposición adicional sexta · Ley 29/2014
Contenido1/4

El personal que haya superado el curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante de la escala superior de oficiales establecido en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre estará exento del requisito de realización del curso de capacitación que establece la presente Ley para el ascenso a dicho empleo.

Completa el hueco2/4

El personal que haya superado el curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante de la escala superior de oficiales establecido en la Ley 42/________, de 25 de noviembre estará exento del requisito de realización del curso de capacitación que establece la presente Ley para el ascenso a dicho empleo.

Disposición adicional sexta · Ley 29/2014
Respuesta2/4

1999

«El personal que haya superado el curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante de la escala superior de oficiales establecido en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre estará exento del requisito de realización del curso de capacitación que establece la presente Ley para el ascenso a dicho empleo.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante»?

Disposición adicional sexta · Ley 29/2014
Respuesta3/4

Disposición adicional sexta

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El personal que haya superado el curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante de la escala superior de oficiales establecido…»?

Disposición adicional sexta · Ley 29/2014
Respuesta4/4

Disposición adicional sexta. Curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante

«El personal que haya superado el curso de capacitación para ascenso al empleo de comandante de la escala superior de oficiales establecido en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre estará exento del requisito de realización del curso de capacitación que establece la presente Ley para el ascenso a dicho empleo.»

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