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🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408

Disposición adicional primera de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilIntegración en la nueva escala de oficiales

Texto vigente

Los miembros de las escalas superior de oficiales, de oficiales, facultativa superior y facultativa técnica, según denominación de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, se integrarán en la nueva escala de oficiales de la Guardia Civil de acuerdo con lo establecido en esta Ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional primera. Integración en la nueva escala de oficiales

Disposición adicional primera · Ley 29/2014
Contenido1/4

Los miembros de las escalas superior de oficiales, de oficiales, facultativa superior y facultativa técnica, según denominación de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, se integrarán en la nueva escala de oficiales de la Guardia Civil de acuerdo con lo establecido en esta Ley.

Completa el hueco2/4

Los miembros de las escalas superior de oficiales, de oficiales, facultativa superior y facultativa técnica, según denominación de la Ley 42/________, de 25 de noviembre, se integrarán en la nueva escala de oficiales de la Guardia Civil de acuerdo con lo establecido en esta Ley.

Disposición adicional primera · Ley 29/2014
Respuesta2/4

1999

«Los miembros de las escalas superior de oficiales, de oficiales, facultativa superior y facultativa técnica, según denominación de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, se integrarán en la nueva escala de oficiales de la Guardia Civil de acuerdo con lo establecido en esta Ley.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Integración en la nueva escala de oficiales»?

Disposición adicional primera · Ley 29/2014
Respuesta3/4

Disposición adicional primera

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los miembros de las escalas superior de oficiales, de oficiales, facultativa superior y facultativa técnica, según denominación de la Ley 42/1999, de…»?

Disposición adicional primera · Ley 29/2014
Respuesta4/4

Disposición adicional primera. Integración en la nueva escala de oficiales

«Los miembros de las escalas superior de oficiales, de oficiales, facultativa superior y facultativa técnica, según denominación de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, se integrarán en la nueva escala de oficiales de la Guardia Civil de acuerdo con lo establecido en esta Ley.»

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