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🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408

Artículo 80 de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilAsignación de destinos

Texto vigente

1. Los destinos, cualquiera que fuese su forma de asignación, podrán ser asignados con carácter voluntario, forzoso o anuente, con arreglo a lo que reglamentariamente se establezca.

2. La asignación de los destinos de libre designación que correspondan a puestos de mando o dirección que determine el Ministro del Interior serán competencia del Secretario de Estado de Seguridad.

3. La asignación de los destinos no incluidos en el apartado anterior corresponderá al Director General de la Guardia Civil.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 80. Asignación de destinos (apartado 1)

Artículo 80 · Ley 29/2014
Contenido1/5

Los destinos, cualquiera que fuese su forma de asignación, podrán ser asignados con carácter voluntario, forzoso o anuente, con arreglo a lo que reglamentariamente se establezca.

Completa el hueco2/5

Los destinos, cualquiera que fuese su forma de asignación, podrán ser asignados con carácter voluntario, forzoso o anuente, con arreglo a lo que ________ se establezca.

Artículo 80 · Ley 29/2014
Respuesta2/5

reglamentariamente

«Los destinos, cualquiera que fuese su forma de asignación, podrán ser asignados con carácter voluntario, forzoso o anuente, con arreglo a lo que reglamentariamente se establezca.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Asignación de destinos»?

Artículo 80 · Ley 29/2014
Respuesta3/5

Artículo 80

Información4/5

Artículo 80. Asignación de destinos (apartado 2)

Artículo 80 · Ley 29/2014
Contenido4/5

La asignación de los destinos de libre designación que correspondan a puestos de mando o dirección que determine el Ministro del Interior serán competencia del Secretario de Estado de Seguridad.

Completa el hueco5/5

La asignación de los destinos de libre designación que ________ a puestos de mando o dirección que determine el Ministro del Interior serán competencia del Secretario de Estado de Seguridad.

Artículo 80 · Ley 29/2014
Respuesta5/5

correspondan

«La asignación de los destinos de libre designación que correspondan a puestos de mando o dirección que determine el Ministro del Interior serán competencia del Secretario de Estado de Seguridad.»

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