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🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408

Artículo 76 de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilPersonal del Cuerpo de la Guardia Civil en la Casa de Su Majestad el Rey

Texto vigente

Los guardias civiles, que pasen a prestar servicios en la Casa de Su Majestad el Rey, serán nombrados y relevados conforme a lo previsto en el artículo 65.2 de la Constitución.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 76. Personal del Cuerpo de la Guardia Civil en la Casa de Su Majestad el Rey

Artículo 76 · Ley 29/2014
Contenido1/4

Los guardias civiles, que pasen a prestar servicios en la Casa de Su Majestad el Rey, serán nombrados y relevados conforme a lo previsto en el artículo 65.2 de la Constitución.

Completa el hueco2/4

Los guardias civiles, que pasen a prestar servicios en la Casa de Su Majestad el Rey, serán nombrados y relevados conforme a lo previsto en el artículo 65.________ de la Constitución.

Artículo 76 · Ley 29/2014
Respuesta2/4

2

«Los guardias civiles, que pasen a prestar servicios en la Casa de Su Majestad el Rey, serán nombrados y relevados conforme a lo previsto en el artículo 65.2 de la Constitución.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Personal del Cuerpo de la Guardia Civil en la Casa de Su Majestad el Rey»?

Artículo 76 · Ley 29/2014
Respuesta3/4

Artículo 76

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los guardias civiles, que pasen a prestar servicios en la Casa de Su Majestad el Rey, serán nombrados y relevados conforme a…»?

Artículo 76 · Ley 29/2014
Respuesta4/4

Artículo 76. Personal del Cuerpo de la Guardia Civil en la Casa de Su Majestad el Rey

«Los guardias civiles, que pasen a prestar servicios en la Casa de Su Majestad el Rey, serán nombrados y relevados conforme a lo previsto en el artículo 65.2 de la Constitución.»

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