🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408
Artículo 79 de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilNombramientos, destinos y ceses de oficiales generales
Texto vigente
Los nombramientos o asignaciones y los ceses de los cargos y destinos correspondientes a oficiales generales, serán competencia del Ministro del Interior.
Flashcards de este artículo
Artículo 79. Nombramientos, destinos y ceses de oficiales generales
Los nombramientos o asignaciones y los ceses de los cargos y destinos correspondientes a oficiales generales, serán competencia del Ministro del Interior.
Los ________ o asignaciones y los ceses de los cargos y destinos correspondientes a oficiales generales, serán competencia del Ministro del Interior.
nombramientos
«Los nombramientos o asignaciones y los ceses de los cargos y destinos correspondientes a oficiales generales, serán competencia del Ministro del Interior.»
¿Qué artículo lleva por título «Nombramientos, destinos y ceses de oficiales generales»?
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Artículo 79. Nombramientos, destinos y ceses de oficiales generales
«Los nombramientos o asignaciones y los ceses de los cargos y destinos correspondientes a oficiales generales, serán competencia del Ministro del Interior.»
Otros artículos de CAPÍTULO V. Destinos
- Artículo 75 · Principios generales
- Artículo 76 · Personal del Cuerpo de la Guardia Civil en la Casa de Su Majestad el Rey
- Artículo 77 · Clasificación de los destinos
- Artículo 78 · Provisión de destinos
- Artículo 80 · Asignación de destinos
- Artículo 81 · Atención a la familia
- Artículo 82 · Violencia de género y condición de víctima del terrorismo
- Artículo 83 · Cese en los destinos
- Artículo 84 · Asignación de destinos y ceses por necesidades del servicio
- Artículo 85 · Carácter de los destinos
- Artículo 86 · Comisiones de servicio
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.