🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Artículo 103 del Estatuto de Autonomía de AragónPrincipios
Texto vigente
1. La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud de la autonomía financiera que la Constitución española le reconoce y garantiza, dispone de su propia Hacienda para la financiación, ejecución y desarrollo de sus competencias, de conformidad con los principios de suficiencia de recursos, equidad, solidaridad, coordinación, equilibrio financiero y lealtad institucional, y en el marco de lo establecido en la Constitución, en el presente Estatuto de Autonomía y en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.
2. La Comunidad Autónoma de Aragón gozará del mismo tratamiento fiscal que la ley otorgue al Estado. Asimismo, gozará de las prerrogativas reconocidas en las leyes para la gestión de sus derechos económicos y el cumplimiento de sus obligaciones.
Flashcards de este artículo
Artículo 103. Principios (apartado 1)
La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud de la autonomía financiera que la Constitución española le reconoce y garantiza, dispone de su propia Hacienda para la financiación, ejecución y desarrollo de sus competencias, de conformidad con los principios de suficiencia de recursos, equidad, solidaridad, coordinación, equilibrio financiero y lealtad institucional, y en el marco de lo establecido en la Constitución, en el presente Estatuto de Autonomía y en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.
La Comunidad Autónoma de Aragón gozará del mismo ________ fiscal que la ley otorgue al Estado.
tratamiento
«La Comunidad Autónoma de Aragón gozará del mismo tratamiento fiscal que la ley otorgue al Estado.»
¿Qué artículo lleva por título «Principios»?
Artículo 103. Principios (apartado 2)
La Comunidad Autónoma de Aragón gozará del mismo tratamiento fiscal que la ley otorgue al Estado. Asimismo, gozará de las prerrogativas reconocidas en las leyes para la gestión de sus derechos económicos y el cumplimiento de sus obligaciones.
Asimismo, gozará de las ________ reconocidas en las leyes para la gestión de sus derechos económicos y el cumplimiento de sus obligaciones.
prerrogativas
«Asimismo, gozará de las prerrogativas reconocidas en las leyes para la gestión de sus derechos económicos y el cumplimiento de sus obligaciones.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Hacienda de la Comunidad Autónoma
- Artículo 104 · Recursos de la Comunidad Autónoma
- Artículo 105 · Potestad tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Artículo 106 · Aplicación y revisión en vía administrativa de los tributos en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Artículo 107 · Transferencias, mecanismos de nivelación y solidaridad
- Artículo 108 · Acuerdo bilateral económico-financiero con el Estado
- Artículo 109 · Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón
- Artículo 110 · Operaciones de crédito
- Artículo 111 · Presupuesto
- Artículo 112 · Cámara de Cuentas de Aragón
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.