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🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444

Artículo 104 del Estatuto de Autonomía de AragónRecursos de la Comunidad Autónoma

Texto vigente

La Hacienda de la Comunidad Autónoma estará constituida por los siguientes recursos:

1. El rendimiento de los tributos propios que establezca la Comunidad Autónoma.

2. Los recargos que pudieran establecerse sobre los tributos del Estado.

3. El rendimiento de los tributos cedidos, total o parcialmente, por el Estado.

4. Otros recursos financieros derivados de la aplicación del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas vigente en cada momento.

5. La participación en los Fondos de Compensación Interterritorial, de acuerdo con su normativa reguladora.

6. Las asignaciones presupuestarias a que se refiere el artículo 158.1 de la Constitución, de acuerdo con su normativa reguladora.

7. Otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de la Unión Europea o de otros Entes nacionales o internacionales.

8. Los ingresos derivados de la aplicación del artículo 107.

9. Los ingresos derivados de la aplicación de lo previsto en el artículo 108.

10. El producto de la emisión de deuda y de operaciones de crédito.

11. El rendimiento del patrimonio de la Comunidad.

12. El rendimiento de las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan a la Comunidad Autónoma por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas tanto en régimen de Derecho público como de Derecho privado.

13. Ingresos de Derecho privado, legados, herencias o donaciones.

14. Cualquier otro ingreso de Derecho público o privado que pueda obtenerse por la Hacienda de la Comunidad Autónoma.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 02/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 104. Recursos de la Comunidad Autónoma (apartado 1)

Artículo 104 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Contenido1/5

La Hacienda de la Comunidad Autónoma estará constituida por los siguientes recursos:

Completa el hueco2/5

La Hacienda de la Comunidad Autónoma estará ________ por los siguientes recursos:

Artículo 104 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta2/5

constituida

«La Hacienda de la Comunidad Autónoma estará constituida por los siguientes recursos:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Recursos de la Comunidad Autónoma»?

Artículo 104 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta3/5

Artículo 104

Información4/5

Artículo 104. Recursos de la Comunidad Autónoma (apartado 2)

Artículo 104 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Contenido4/5

El rendimiento de los tributos propios que establezca la Comunidad Autónoma.

Completa el hueco5/5

El ________ de los tributos propios que establezca la Comunidad Autónoma.

Artículo 104 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta5/5

rendimiento

«El rendimiento de los tributos propios que establezca la Comunidad Autónoma.»

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