🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Artículo 111 del Estatuto de Autonomía de AragónPresupuesto
Texto vigente
1. Corresponde al Gobierno de Aragón la elaboración y ejecución del presupuesto y a las Cortes su examen, enmienda, aprobación y control.
2. El presupuesto de la Comunidad Autónoma será único e incluirá la totalidad de los gastos e ingresos del sector público autonómico, así como el importe de los beneficios fiscales correspondientes a los tributos que generen rendimientos a la Hacienda aragonesa.
3. El presupuesto de la Comunidad Autónoma tendrá carácter anual. No obstante, si la ley de presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el presupuesto del ejercicio anterior hasta la aprobación del nuevo.
4. El Gobierno remitirá a las Cortes de Aragón el proyecto de presupuesto antes del último trimestre del ejercicio en curso.
Flashcards de este artículo
Artículo 111. Presupuesto (apartado 1)
Corresponde al Gobierno de Aragón la elaboración y ejecución del presupuesto y a las Cortes su examen, enmienda, aprobación y control.
________ al Gobierno de Aragón la elaboración y ejecución del presupuesto y a las Cortes su examen, enmienda, aprobación y control.
Corresponde
«Corresponde al Gobierno de Aragón la elaboración y ejecución del presupuesto y a las Cortes su examen, enmienda, aprobación y control.»
¿Qué artículo lleva por título «Presupuesto»?
Artículo 111. Presupuesto (apartado 2)
El presupuesto de la Comunidad Autónoma será único e incluirá la totalidad de los gastos e ingresos del sector público autonómico, así como el importe de los beneficios fiscales correspondientes a los tributos que generen rendimientos a la Hacienda aragonesa.
El presupuesto de la Comunidad Autónoma será único e incluirá la totalidad de los gastos e ingresos del sector público autonómico, así como el importe de los beneficios fiscales correspondientes a los tributos que generen ________ a la Hacienda aragonesa.
rendimientos
«El presupuesto de la Comunidad Autónoma será único e incluirá la totalidad de los gastos e ingresos del sector público autonómico, así como el importe de los beneficios fiscales correspondientes a los tributos que generen rendimientos a la Hacienda aragonesa.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Hacienda de la Comunidad Autónoma
- Artículo 103 · Principios
- Artículo 104 · Recursos de la Comunidad Autónoma
- Artículo 105 · Potestad tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Artículo 106 · Aplicación y revisión en vía administrativa de los tributos en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Artículo 107 · Transferencias, mecanismos de nivelación y solidaridad
- Artículo 108 · Acuerdo bilateral económico-financiero con el Estado
- Artículo 109 · Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón
- Artículo 110 · Operaciones de crédito
- Artículo 112 · Cámara de Cuentas de Aragón
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.