🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Artículo 102 del Estatuto de Autonomía de AragónConsejo Económico y Social de Aragón
Texto vigente
1. El Consejo Económico y Social de Aragón es el órgano consultivo en que se materializa la colaboración e intervención de todos los agentes sociales en la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma.
2. Una ley de Cortes de Aragón regulará su organización, composición y funciones.
Flashcards de este artículo
Artículo 102. Consejo Económico y Social de Aragón (apartado 1)
El Consejo Económico y Social de Aragón es el órgano consultivo en que se materializa la colaboración e intervención de todos los agentes sociales en la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma.
El Consejo Económico y Social de Aragón es el órgano consultivo en que se materializa la colaboración e ________ de todos los agentes sociales en la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma.
intervención
«El Consejo Económico y Social de Aragón es el órgano consultivo en que se materializa la colaboración e intervención de todos los agentes sociales en la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma.»
¿Qué artículo lleva por título «Consejo Económico y Social de Aragón»?
Artículo 102. Consejo Económico y Social de Aragón (apartado 2)
Una ley de Cortes de Aragón regulará su organización, composición y funciones.
Una ley de Cortes de Aragón regulará su ________, composición y funciones.
organización
«Una ley de Cortes de Aragón regulará su organización, composición y funciones.»
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