🎯 Reglamento de Armas (RD 137/1993) · BOE-A-1993-6202
Disposición final primera del Reglamento de Armas
Texto vigente
El presente Real Decreto y el Reglamento de Armas aprobado por él entrarán en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Flashcards de este artículo
Disposición final primera
El presente Real Decreto y el Reglamento de Armas aprobado por él entrarán en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El presente Real Decreto y el Reglamento de Armas aprobado por él entrarán en vigor a los ________ de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
dos meses
«El presente Real Decreto y el Reglamento de Armas aprobado por él entrarán en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»
¿Qué artículo establece: «El presente Real Decreto y el Reglamento de Armas aprobado por él entrarán en vigor a los dos meses de su publicación…»?
Disposición final primera
«El presente Real Decreto y el Reglamento de Armas aprobado por él entrarán en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»
Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales
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