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🟰 LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres · BOE-A-2007-6115

Disposición final octava de la Ley de Igualdad (LO 3/2007)Entrada en vigor

Texto vigente

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con excepción de lo previsto en el artículo 71.2, que lo hará el 31 de diciembre de 2008.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Disposición final octava. Entrada en vigor

Disposición final octava · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Contenido1/4

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con excepción de lo previsto en el artículo 71.2, que lo hará el 31 de diciembre de 2008.

Completa el hueco2/4

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con excepción de lo previsto en el artículo 71.________, que lo hará el 31 de diciembre de 2008.

Disposición final octava · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta2/4

2

«La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con excepción de lo previsto en el artículo 71.2, que lo hará el 31 de diciembre de 2008.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Entrada en vigor»?

Disposición final octava · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta3/4

Disposición final octava

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con excepción de…»?

Disposición final octava · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta4/4

Disposición final octava. Entrada en vigor

«La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con excepción de lo previsto en el artículo 71.2, que lo hará el 31 de diciembre de 2008.»

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