💜 LO 1/2004 de violencia de género · BOE-A-2004-21760
Artículo 48 de la LO 1/2004 de violencia de géneroJurisdicción de los Juzgados
Texto vigente
Se modifica el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, que queda redactado de la siguiente forma:
«1. Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tienen jurisdicción en el ámbito territorial de su respectivo partido.
No obstante lo anterior, y atendidas las circunstancias geográficas, de ubicación y población, podrán crearse Juzgados de Violencia sobre la Mujer que atiendan a más de un partido judicial.»
Flashcards de este artículo
Artículo 48. Jurisdicción de los Juzgados
Se modifica el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, que queda redactado de la siguiente forma: «1. Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tienen jurisdicción en el ámbito territorial de su respectivo partido. No obstante lo anterior, y atendidas las circunstancias geográficas, de ubicación y población, podrán crearse Juzgados de Violencia sobre la Mujer que atiendan a más de un partido judicial.»
Se modifica el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 38/________, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, que queda redactado de la siguiente forma:
1988
«Se modifica el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, que queda redactado de la siguiente forma:»
¿Qué artículo lleva por título «Jurisdicción de los Juzgados»?
Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tienen ________ en el ámbito territorial de su respectivo partido.
jurisdicción
«Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tienen jurisdicción en el ámbito territorial de su respectivo partido.»
¿Qué artículo establece: «Se modifica el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, que…»?
Artículo 48. Jurisdicción de los Juzgados
«Se modifica el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, que queda redactado de la siguiente forma:»
Otros artículos de CAPÍTULO I. De los Juzgados de Violencia sobre la Mujer
- Artículo 43 · Organización territorial
- Artículo 44 · Competencia
- Artículo 45 · Recursos en materia penal
- Artículo 46 · Recursos en materia civil
- Artículo 47 · Formación
- Artículo 49 · Sede de los Juzgados
- Artículo 50 · Planta de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer
- Artículo 51 · Plazas servidas por Magistrados
- Artículo 52 · Constitución de los Juzgados
- Artículo 53 · Notificación de las sentencias dictadas por Tribunales
- Artículo 54 · Especialidades en el supuesto de juicios rápidos
- Artículo 55 · Notificación de las sentencias dictadas por Juzgado de lo Penal
- Artículo 56 · Especialidades en el supuesto de juicios rápidos en materia de faltas
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.