📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902
Artículo 60 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoEmplazamiento de las partes ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa
Texto vigente
1. Cuando contra una resolución del órgano competente para la resolución del recurso se interponga recurso contencioso administrativo, aquel, una vez recibida la diligencia del Tribunal jurisdiccional reclamando el expediente administrativo, procederá a emplazar para su comparecencia ante la Sala correspondiente al órgano de contratación autor del acto que hubiera sido objeto del recurso y a los restantes comparecidos en el procedimiento.
2. El emplazamiento indicado en el párrafo anterior se hará en la forma prevista en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Flashcards de este artículo
Artículo 60. Emplazamiento de las partes ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa (apartado 1)
Cuando contra una resolución del órgano competente para la resolución del recurso se interponga recurso contencioso administrativo, aquel, una vez recibida la diligencia del Tribunal jurisdiccional reclamando el expediente administrativo, procederá a emplazar para su comparecencia ante la Sala correspondiente al órgano de contratación autor del acto que hubiera sido objeto del recurso y a los restantes comparecidos en el procedimiento.
El emplazamiento indicado en el párrafo anterior se hará en la forma prevista en el artículo 49 de la Ley 29/________, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
1998
«El emplazamiento indicado en el párrafo anterior se hará en la forma prevista en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.»
¿Qué artículo lleva por título «Emplazamiento de las partes ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa»?
Artículo 60. Emplazamiento de las partes ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa (apartado 2)
El emplazamiento indicado en el párrafo anterior se hará en la forma prevista en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
¿Qué artículo establece: «El emplazamiento indicado en el párrafo anterior se hará en la forma prevista en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de…»?
Artículo 60. Emplazamiento de las partes ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa
«El emplazamiento indicado en el párrafo anterior se hará en la forma prevista en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.»
Otros artículos de CAPÍTULO V. Del recurso especial
- Artículo 44 · Recurso especial en materia de contratación: actos recurribles
- Artículo 45 · Órgano competente para la resolución del recurso en la Administración General del Estado
- Artículo 46 · Órgano competente para la resolución del recurso en las Comunidades Autónomas y Entidades Locales
- Artículo 47 · Recursos contra actos de poderes adjudicadores que no sean Administración Pública y en relación con contratos subvencionados
- Artículo 48 · Legitimación
- Artículo 49 · Solicitud de medidas cautelares
- Artículo 50 · Iniciación del procedimiento y plazo
- Artículo 51 · Forma y lugar de interposición del recurso especial
- Artículo 52 · Acceso al expediente
- Artículo 53 · Efectos derivados de la interposición del recurso
- Artículo 54 · Comunicaciones y notificaciones
- Artículo 55 · Inadmisión
- Artículo 56 · Tramitación del procedimiento
- Artículo 57 · Resolución del recurso especial
- Artículo 58 · Indemnizaciones y multas
- Artículo 59 · Efectos de la resolución del recurso especial
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.