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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 53 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoEfectos derivados de la interposición del recurso

Texto vigente

Una vez interpuesto el recurso quedará en suspenso la tramitación del procedimiento cuando el acto recurrido sea el de adjudicación, salvo en el supuesto de contratos basados en un acuerdo marco o de contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición, sin perjuicio de las medidas cautelares que en relación a estos últimos podrían adoptarse en virtud de lo señalado en el artículo 56.3.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 53. Efectos derivados de la interposición del recurso

Artículo 53 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/2

Una vez interpuesto el recurso quedará en suspenso la tramitación del procedimiento cuando el acto recurrido sea el de adjudicación, salvo en el supuesto de contratos basados en un acuerdo marco o de contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición, sin perjuicio de las medidas cautelares que en relación a estos últimos podrían adoptarse en virtud de lo señalado en el artículo 56.3.

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Artículo 53 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
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Artículo 53

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