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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 55 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoInadmisión

Texto vigente

El órgano encargado de resolver el recurso, tras la reclamación y examen del expediente administrativo, podrá declarar su inadmisión cuando constare de modo inequívoco y manifiesto cualquiera de los siguientes supuestos:

a) La incompetencia del órgano para conocer del recurso.

b) La falta de legitimación del recurrente o de acreditación de la representación de la persona que interpone el recurso en nombre de otra, mediante poder que sea suficiente a tal efecto.

c) Haberse interpuesto el recurso contra actos no susceptibles de impugnación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.

d) La interposición del recurso, una vez finalizado el plazo establecido para su interposición.

Si el órgano encargado de resolverlo apreciara que concurre alguno de ellos, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 51.2, dictará resolución acordando la inadmisión del recurso.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 55. Inadmisión (1/2)

Artículo 55 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

El órgano encargado de resolver el recurso, tras la reclamación y examen del expediente administrativo, podrá declarar su inadmisión cuando constare de modo inequívoco y manifiesto cualquiera de los siguientes supuestos: • a) La incompetencia del órgano para conocer del recurso. • b) La falta de legitimación del recurrente o de acreditación de la representación de la persona que interpone el recurso en nombre de otra, mediante poder que sea suficiente a tal efecto. • c) Haberse interpuesto el recurso contra actos no susceptibles de impugnación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44. • d) La interposición del recurso, una vez finalizado el plazo establecido para su interposición.

Completa el hueco2/5

El órgano encargado de resolver el recurso, tras la reclamación y examen del expediente ________, podrá declarar su inadmisión cuando constare de modo inequívoco y manifiesto cualquiera de los siguientes supuestos:

Artículo 55 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

administrativo

«El órgano encargado de resolver el recurso, tras la reclamación y examen del expediente administrativo, podrá declarar su inadmisión cuando constare de modo inequívoco y manifiesto cualquiera de los siguientes supuestos:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Inadmisión»?

Artículo 55 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Artículo 55

Información4/5

Artículo 55. Inadmisión (2/2)

Artículo 55 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido4/5

Si el órgano encargado de resolverlo apreciara que concurre alguno de ellos, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 51.2, dictará resolución acordando la inadmisión del recurso.

Completa el hueco5/5

La falta de ________ del recurrente o de acreditación de la representación de la persona que interpone el recurso en nombre de otra, mediante poder que sea suficiente a tal efecto.

Artículo 55 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

legitimación

«La falta de legitimación del recurrente o de acreditación de la representación de la persona que interpone el recurso en nombre de otra, mediante poder que sea suficiente a tal efecto.»

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