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💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186

Artículo 177 quaterdecies de la Ley General TributariaTerminación de los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de las normas de asistencia mutua

Texto vigente

Los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de la asistencia mutua podrán terminar, además de por las causas del artículo 173 de esta Ley, por la modificación o retirada de la petición de cobro original efectuada por el Estado o entidad internacional o supranacional requirente de dicha asistencia.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 177 quaterdecies. Terminación de los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de las normas de asistencia mutua

Artículo 177 quaterdecies · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido1/4

Los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de la asistencia mutua podrán terminar, además de por las causas del artículo 173 de esta Ley, por la modificación o retirada de la petición de cobro original efectuada por el Estado o entidad internacional o supranacional requirente de dicha asistencia.

Completa el hueco2/4

Los ________ de recaudación tramitados al amparo de la asistencia mutua podrán terminar, además de por las causas del artículo 173 de esta Ley, por la modificación o retirada de la petición de cobro original efectuada por el Estado o entidad internacional o supranacional requirente de dicha asistencia.

Artículo 177 quaterdecies · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta2/4

procedimientos

«Los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de la asistencia mutua podrán terminar, además de por las causas del artículo 173 de esta Ley, por la modificación o retirada de la petición de cobro original efectuada por el Estado o entidad internacional o supranacional requirente de dicha asistencia.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Terminación de los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de las normas de asistencia mutua»?

Artículo 177 quaterdecies · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta3/4

Artículo 177 quaterdecies

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de la asistencia mutua podrán terminar, además de por las causas del artículo 173 de…»?

Artículo 177 quaterdecies · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta4/4

Artículo 177 quaterdecies. Terminación de los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de las normas de asistencia mutua

«Los procedimientos de recaudación tramitados al amparo de la asistencia mutua podrán terminar, además de por las causas del artículo 173 de esta Ley, por la modificación o retirada de la petición de cobro original efectuada por el Estado o entidad internacional o supranacional requirente de dicha asistencia.»

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