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🚨 Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil · BOE-A-2015-7730

Disposición adicional sexta de la Ley de Protección CivilPlanes y programas con regulación sectorial

Texto vigente

Los Departamentos ministeriales que a la entrada en vigor de esta Ley tengan asignada la planificación y los programas ante situaciones concretas de riesgo colectivo en los que la seguridad o la vida de las personas puedan peligrar, establecerán los mecanismos de colaboración con las Administraciones Públicas competentes en materia de protección civil para asegurar la coherencia del Sistema Nacional de Protección Civil.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 31/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Disposición adicional sexta. Planes y programas con regulación sectorial

Disposición adicional sexta · Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil
Contenido1/2

Los Departamentos ministeriales que a la entrada en vigor de esta Ley tengan asignada la planificación y los programas ante situaciones concretas de riesgo colectivo en los que la seguridad o la vida de las personas puedan peligrar, establecerán los mecanismos de colaboración con las Administraciones Públicas competentes en materia de protección civil para asegurar la coherencia del Sistema Nacional de Protección Civil.

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