🚨 Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil · BOE-A-2015-7730
Disposición adicional novena de la Ley de Protección CivilCompetencia sancionadora en el ámbito municipal
Texto vigente
Los alcaldes serán competentes para la resolución de los procedimientos sancionadores en el ámbito de protección civil de acuerdo con lo previsto en la legislación específica que les sea aplicable.
Flashcards de este artículo
Disposición adicional novena. Competencia sancionadora en el ámbito municipal
Los alcaldes serán competentes para la resolución de los procedimientos sancionadores en el ámbito de protección civil de acuerdo con lo previsto en la legislación específica que les sea aplicable.
Los alcaldes serán competentes para la resolución de los ________ sancionadores en el ámbito de protección civil de acuerdo con lo previsto en la legislación específica que les sea aplicable.
procedimientos
«Los alcaldes serán competentes para la resolución de los procedimientos sancionadores en el ámbito de protección civil de acuerdo con lo previsto en la legislación específica que les sea aplicable.»
¿Qué artículo lleva por título «Competencia sancionadora en el ámbito municipal»?
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Disposición adicional novena. Competencia sancionadora en el ámbito municipal
«Los alcaldes serán competentes para la resolución de los procedimientos sancionadores en el ámbito de protección civil de acuerdo con lo previsto en la legislación específica que les sea aplicable.»
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