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🗺️ Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983) · BOE-A-1983-6317

Artículo 49 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid

Texto vigente

En relación con la Administración de Justicia, exceptuando la militar, corresponde:

1. Al Gobierno de la Comunidad, ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno de la Nación.

2. A la Asamblea, fijar los límites de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales de la Comunidad de Madrid y la capitalidad de las mismas, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial.

3. A ambas instituciones, coadyuvar en la organización e instalación de los Tribunales y Juzgados, con sujeción, en todo caso, a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 31/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 49 (apartado 1)

Artículo 49 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Contenido1/5

En relación con la Administración de Justicia, exceptuando la militar, corresponde:

Completa el hueco2/5

En relación con la Administración de Justicia, exceptuando la militar, ________:

Artículo 49 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta2/5

corresponde

«En relación con la Administración de Justicia, exceptuando la militar, corresponde:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «En relación con la Administración de Justicia, exceptuando la militar, corresponde»?

Artículo 49 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta3/5

Artículo 49

«En relación con la Administración de Justicia, exceptuando la militar, corresponde:»
Información4/5

Artículo 49 (apartado 2)

Artículo 49 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Contenido4/5

Al Gobierno de la Comunidad, ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno de la Nación.

Completa el hueco5/5

Al Gobierno de la Comunidad, ejercer todas las ________ que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno de la Nación.

Artículo 49 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta5/5

facultades

«Al Gobierno de la Comunidad, ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno de la Nación.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 08/07/1998 por BOE-A-1998-16302.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/03/1983):

A instancias del Consejo En relación con la Administración de Justicia, exceptuando la militar, corresponde: 1. Al Gobierno de la Comunidad Comunidad, ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno de Madrid, el órgano competente convocará la Nación. 2. A la Asamblea, fijar los concursos y oposiciones para cubrir plazas vacantes en Madrid límites de Magistrados, Jueces, Secretarios judiciales y restante personal al servicio las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales de la Administración Comunidad de Justicia, Madrid y la capitalidad de acuerdo las mismas, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. A ambas instituciones, coadyuvar en la organización e instalación de los Tribunales y Juzgados, con sujeción, en todo caso, a lo que disponga dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

  1. Vigente desde 01/03/1983 · redacción original
  2. Vigente desde 08/07/1998 · modificado por BOE-A-1998-16302

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