Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030

Disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía de La RiojaDe la elección del Presidente del Consejo de Gobierno

Texto vigente

Uno. En una segunda sesión, que se celebrará dentro de los quince días naturales siguientes a la elección de la Mesa Provisional, el Presidente de la Diputación, previa consulta a os representantes designados por los partidos o grupos con representación en la misma, propondrá de entre los miembros de la Diputación General un candidato a Presidente del Consejo de Gobierno, procediéndose al debate de su programa y votación para tal cargo.

En primera votación deberá obtener la mayoría absoluta de los miembros de la Diputación; de no obtenerla, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.

Dos. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas, con el mismo u otro candidato, en la forma prevista en el párrafo anterior.

Tres. Si transcurrido el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato hubiera obtenido la confianza de la Diputación General, ésta quedará disuelta de pleno derecho, y, en tal caso, se procederá a la celebración de nuevas elecciones en el plazo de sesenta días.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 16/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Disposición transitoria séptima. De la elección del Presidente del Consejo de Gobierno (1/3)

Disposición transitoria séptima · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Contenido1/5

Uno. En una segunda sesión, que se celebrará dentro de los quince días naturales siguientes a la elección de la Mesa Provisional, el Presidente de la Diputación, previa consulta a os representantes designados por los partidos o grupos con representación en la misma, propondrá de entre los miembros de la Diputación General un candidato a Presidente del Consejo de Gobierno, procediéndose al debate de su programa y votación para tal cargo.

Completa el hueco2/5

En primera ________ deberá obtener la mayoría absoluta de los miembros de la Diputación;

Disposición transitoria séptima · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta2/5

votación

«En primera votación deberá obtener la mayoría absoluta de los miembros de la Diputación;»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «De la elección del Presidente del Consejo de Gobierno»?

Disposición transitoria séptima · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta3/5

Disposición transitoria séptima

Información4/5

Disposición transitoria séptima. De la elección del Presidente del Consejo de Gobierno (2/3)

Disposición transitoria séptima · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Contenido4/5

En primera votación deberá obtener la mayoría absoluta de los miembros de la Diputación; de no obtenerla, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple. Dos. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas, con el mismo u otro candidato, en la forma prevista en el párrafo anterior.

Completa el hueco5/5

de no obtenerla, se someterá la misma propuesta a nueva votación ________ después de la anterior y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.

Disposición transitoria séptima · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta5/5

cuarenta y ocho horas

«de no obtenerla, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.»

Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales