🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030
Disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de La RiojaDel Consejo de Gobierno Provisional
Texto vigente
Uno. El Presidente de la Comunidad Autónoma nombrará los miembros del Consejo de Gobierno. Su composición y atribuciones se acomodarán a las competencias que haya de ejercer la Comunidad Autónoma en este período transitorio. Su número no podrá exceder de diez miembros.
Dos. Corresponden a este Consejo de Gobierno las siguientes competencias:
a) Las que le atribuye el presente Estatuto, que se deriven del traspaso de competencias de la Administración del Estado.
b) Las que actualmente correspondan a la Diputación Provincial.
Flashcards de este artículo
Disposición transitoria cuarta. Del Consejo de Gobierno Provisional
Uno. El Presidente de la Comunidad Autónoma nombrará los miembros del Consejo de Gobierno. Su composición y atribuciones se acomodarán a las competencias que haya de ejercer la Comunidad Autónoma en este período transitorio. Su número no podrá exceder de diez miembros. Dos. Corresponden a este Consejo de Gobierno las siguientes competencias: • a) Las que le atribuye el presente Estatuto, que se deriven del traspaso de competencias de la Administración del Estado. • b) Las que actualmente correspondan a la Diputación Provincial.
El ________ de la Comunidad Autónoma nombrará los miembros del Consejo de Gobierno.
Presidente
«El Presidente de la Comunidad Autónoma nombrará los miembros del Consejo de Gobierno.»
¿Qué artículo lleva por título «Del Consejo de Gobierno Provisional»?
Su composición y ________ se acomodarán a las competencias que haya de ejercer la Comunidad Autónoma en este período transitorio.
atribuciones
«Su composición y atribuciones se acomodarán a las competencias que haya de ejercer la Comunidad Autónoma en este período transitorio.»
¿Qué artículo establece: «El Presidente de la Comunidad Autónoma nombrará los miembros del Consejo de Gobierno»?
Disposición transitoria cuarta. Del Consejo de Gobierno Provisional
«El Presidente de la Comunidad Autónoma nombrará los miembros del Consejo de Gobierno.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.