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🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233

Artículo 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsLa condición política de los isleños

Texto vigente

1. A los efectos de este Estatuto, tienen la condición política de ciudadanos de la Comunidad Autónoma los españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Illes Balears.

2. Gozan de los derechos políticos definidos en este Estatuto los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en las Illes Balears y acrediten esta condición en el correspondiente consulado de España. Gozan también de estos derechos sus descendientes inscritos como españoles, si lo solicitan, en la forma que determine la ley del Estado.

3. Los extranjeros que, teniendo vecindad en cualquiera de los municipios de las Illes Balears, adquieran la nacionalidad española quedan sujetos al Derecho Civil de las Illes Balears excepto en el caso en que manifiesten su voluntad en sentido contrario.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 11/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 9. La condición política de los isleños (apartado 1)

Artículo 9 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido1/5

A los efectos de este Estatuto, tienen la condición política de ciudadanos de la Comunidad Autónoma los españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Illes Balears.

Completa el hueco2/5

A los efectos de este Estatuto, tienen la condición política de ciudadanos de la Comunidad Autónoma los españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad ________ en cualquiera de los municipios de las Illes Balears.

Artículo 9 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta2/5

administrativa

«A los efectos de este Estatuto, tienen la condición política de ciudadanos de la Comunidad Autónoma los españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Illes Balears.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «La condición política de los isleños»?

Artículo 9 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta3/5

Artículo 9

Información4/5

Artículo 9. La condición política de los isleños (apartado 2)

Artículo 9 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido4/5

Gozan de los derechos políticos definidos en este Estatuto los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en las Illes Balears y acrediten esta condición en el correspondiente consulado de España. Gozan también de estos derechos sus descendientes inscritos como españoles, si lo solicitan, en la forma que determine la ley del Estado.

Completa el hueco5/5

Gozan de los derechos políticos definidos en este Estatuto los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad ________ en las Illes Balears y acrediten esta condición en el correspondiente consulado de España.

Artículo 9 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta5/5

administrativa

«Gozan de los derechos políticos definidos en este Estatuto los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en las Illes Balears y acrediten esta condición en el correspondiente consulado de España.»

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