🗺️ Estatuto de Autonomía de Galicia (LO 1/1981) · BOE-A-1981-9564
Artículo 42 del Estatuto de Autonomía de Galicia
Texto vigente
La Comunidad Autónoma gallega contará para el desempeño de sus competencias con Hacienda y Patrimonio propios.
Flashcards de este artículo
Artículo 42
La Comunidad Autónoma gallega contará para el desempeño de sus competencias con Hacienda y Patrimonio propios.
La Comunidad Autónoma gallega contará para el desempeño de sus ________ con Hacienda y Patrimonio propios.
competencias
«La Comunidad Autónoma gallega contará para el desempeño de sus competencias con Hacienda y Patrimonio propios.»
¿Qué artículo establece: «La Comunidad Autónoma gallega contará para el desempeño de sus competencias con Hacienda y Patrimonio propios»?
Artículo 42
«La Comunidad Autónoma gallega contará para el desempeño de sus competencias con Hacienda y Patrimonio propios.»
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