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🗺️ Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (LO 5/1982) · BOE-A-1982-17235

Disposición adicional primera del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana

Texto vigente

El ejercicio de las competencias financieras se ajustará a lo que dispone la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Disposición adicional primera

Disposición adicional primera · Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (LO 5/1982)
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El ejercicio de las competencias financieras se ajustará a lo que dispone la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Completa el hueco2/3

El ejercicio de las ________ financieras se ajustará a lo que dispone la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Disposición adicional primera · Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (LO 5/1982)
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competencias

«El ejercicio de las competencias financieras se ajustará a lo que dispone la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El ejercicio de las competencias financieras se ajustará a lo que dispone la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas»?

Disposición adicional primera · Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (LO 5/1982)
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Disposición adicional primera

«El ejercicio de las competencias financieras se ajustará a lo que dispone la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 11/04/2006 por BOE-A-2006-6472.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (10/07/1982):

El ejercicio de las competencias financieras se ajustará a lo dispuesto en que dispone la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

  1. Vigente desde 10/07/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 11/04/2006 · modificado por BOE-A-2006-6472

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