🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 64 del Estatuto de Autonomía de CataluñaDecretos-leyes
Texto vigente
1. En caso de una necesidad extraordinaria y urgente, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley. No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.
2. Los Decretos-leyes quedan derogados si en el plazo improrrogable de treinta días subsiguientes a la promulgación no son validados expresamente por el Parlamento después de un debate y una votación de totalidad.
3. El Parlamento puede tramitar los Decretos-leyes como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia, dentro del plazo establecido por el apartado 2.
Flashcards de este artículo
Artículo 64. Decretos-leyes (apartado 1)
En caso de una necesidad extraordinaria y urgente, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley. No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.
En caso de una necesidad extraordinaria y urgente, el Gobierno puede dictar ________ legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley.
disposiciones
«En caso de una necesidad extraordinaria y urgente, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley.»
¿Qué artículo lleva por título «Decretos-leyes»?
Artículo 64. Decretos-leyes (apartado 2)
Los Decretos-leyes quedan derogados si en el plazo improrrogable de treinta días subsiguientes a la promulgación no son validados expresamente por el Parlamento después de un debate y una votación de totalidad.
No pueden ser objeto de ________ la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.
Decreto-ley
«No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. El Parlamento
- Artículo 55 · Disposiciones generales
- Artículo 56 · Composición y régimen electoral
- Artículo 57 · Estatuto de los Diputados
- Artículo 58 · Autonomía parlamentaria
- Artículo 59 · Organización y funcionamiento
- Artículo 60 · Régimen de las reuniones y las sesiones
- Artículo 61 · Funciones
- Artículo 62 · Iniciativa legislativa y ejercicio de la función legislativa
- Artículo 63 · Delegación en el Gobierno de la potestad legislativa
- Artículo 65 · Promulgación y publicación de las leyes
- Artículo 66 · Causas de finalización de la legislatura
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.