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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 64 del Estatuto de Autonomía de CataluñaDecretos-leyes

Texto vigente

1. En caso de una necesidad extraordinaria y urgente, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley. No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.

2. Los Decretos-leyes quedan derogados si en el plazo improrrogable de treinta días subsiguientes a la promulgación no son validados expresamente por el Parlamento después de un debate y una votación de totalidad.

3. El Parlamento puede tramitar los Decretos-leyes como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia, dentro del plazo establecido por el apartado 2.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 64. Decretos-leyes (apartado 1)

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

En caso de una necesidad extraordinaria y urgente, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley. No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.

Completa el hueco2/5

En caso de una necesidad extraordinaria y urgente, el Gobierno puede dictar ________ legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley.

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

disposiciones

«En caso de una necesidad extraordinaria y urgente, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Decretos-leyes»?

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 64

Información4/5

Artículo 64. Decretos-leyes (apartado 2)

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Los Decretos-leyes quedan derogados si en el plazo improrrogable de treinta días subsiguientes a la promulgación no son validados expresamente por el Parlamento después de un debate y una votación de totalidad.

Completa el hueco5/5

No pueden ser objeto de ________ la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

Decreto-ley

«No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.»

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