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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 43 del Estatuto de Autonomía de CataluñaFomento de la participación

Texto vigente

1. Los poderes públicos deben promover la participación social en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas, así como la participación individual y asociativa en los ámbitos cívico, social, cultural, económico y político, con pleno respeto a los principios de pluralismo, libre iniciativa y autonomía.

2. Los poderes públicos deben facilitar la participación y representación ciudadanas y políticas, con especial atención a las zonas menos pobladas del territorio.

3. Los poderes públicos deben procurar que las campañas institucionales que se organicen en ocasión de los procesos electorales tengan como finalidad la de promover la participación ciudadana y que los electores reciban de los medios de comunicación una información veraz, objetiva, neutral y respetuosa del pluralismo político sobre las candidaturas que concurren en los procesos electorales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 43. Fomento de la participación (apartado 1)

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

Los poderes públicos deben promover la participación social en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas, así como la participación individual y asociativa en los ámbitos cívico, social, cultural, económico y político, con pleno respeto a los principios de pluralismo, libre iniciativa y autonomía.

Completa el hueco2/5

Los poderes públicos deben promover la participación social en la elaboración, ________ y evaluación de las políticas públicas, así como la participación individual y asociativa en los ámbitos cívico, social, cultural, económico y político, con pleno respeto a los principios de pluralismo, libre iniciativa y autonomía.

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

prestación

«Los poderes públicos deben promover la participación social en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas, así como la participación individual y asociativa en los ámbitos cívico, social, cultural, económico y político, con pleno respeto a los principios de pluralismo, libre iniciativa y autonomía.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Fomento de la participación»?

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 43

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Artículo 43. Fomento de la participación (apartado 2)

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Los poderes públicos deben facilitar la participación y representación ciudadanas y políticas, con especial atención a las zonas menos pobladas del territorio.

Completa el hueco5/5

Los poderes públicos deben facilitar la participación y ________ ciudadanas y políticas, con especial atención a las zonas menos pobladas del territorio.

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

representación

«Los poderes públicos deben facilitar la participación y representación ciudadanas y políticas, con especial atención a las zonas menos pobladas del territorio.»

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