🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 39 del Estatuto de Autonomía de CataluñaDisposiciones generales
Texto vigente
1. Los poderes públicos de Cataluña deben orientar las políticas públicas de acuerdo con los principios rectores que establecen la Constitución y el presente Estatuto. En el ejercicio de sus competencias, los poderes públicos de Cataluña deben promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar su plena eficacia.
2. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios rectores informan la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.
3. Los principios rectores son exigibles ante la jurisdicción, de acuerdo con lo que determinan las leyes y las demás disposiciones que los desarrollan.
Flashcards de este artículo
Artículo 39. Disposiciones generales (apartado 1)
Los poderes públicos de Cataluña deben orientar las políticas públicas de acuerdo con los principios rectores que establecen la Constitución y el presente Estatuto. En el ejercicio de sus competencias, los poderes públicos de Cataluña deben promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar su plena eficacia.
Los poderes públicos de Cataluña deben orientar las políticas públicas de acuerdo con los ________ rectores que establecen la Constitución y el presente Estatuto.
principios
«Los poderes públicos de Cataluña deben orientar las políticas públicas de acuerdo con los principios rectores que establecen la Constitución y el presente Estatuto.»
¿Qué artículo lleva por título «Disposiciones generales»?
Artículo 39. Disposiciones generales (apartado 2)
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios rectores informan la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.
En el ejercicio de sus ________, los poderes públicos de Cataluña deben promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar su plena eficacia.
competencias
«En el ejercicio de sus competencias, los poderes públicos de Cataluña deben promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar su plena eficacia.»
Otros artículos de CAPÍTULO V. Principios rectores
- Artículo 40 · Protección de las personas y de las familias
- Artículo 41 · Perspectiva de género
- Artículo 42 · La cohesión y el bienestar sociales
- Artículo 43 · Fomento de la participación
- Artículo 44 · Educación, investigación y cultura
- Artículo 45 · Ámbito socioeconómico
- Artículo 46 · Medio ambiente, desarrollo sostenible y equilibrio territorial
- Artículo 47 · Vivienda
- Artículo 48 · Movilidad y seguridad vial
- Artículo 49 · Protección de los consumidores y usuarios
- Artículo 50 · Fomento y difusión del catalán
- Artículo 51 · Cooperación al fomento de la paz y cooperación al desarrollo
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- Artículo 53 · Acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación
- Artículo 54 · Memoria histórica
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.