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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 198 del Estatuto de Autonomía de CataluñaParticipación en organismos internacionales

Texto vigente

La Generalitat debe participar en los organismos internacionales competentes en materias de interés relevante para Cataluña, especialmente la UNESCO y otros organismos de carácter cultural, en la forma que establezca la normativa correspondiente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 198. Participación en organismos internacionales

Artículo 198 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/4

La Generalitat debe participar en los organismos internacionales competentes en materias de interés relevante para Cataluña, especialmente la UNESCO y otros organismos de carácter cultural, en la forma que establezca la normativa correspondiente.

Completa el hueco2/4

La Generalitat debe participar en los organismos ________ competentes en materias de interés relevante para Cataluña, especialmente la UNESCO y otros organismos de carácter cultural, en la forma que establezca la normativa correspondiente.

Artículo 198 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/4

internacionales

«La Generalitat debe participar en los organismos internacionales competentes en materias de interés relevante para Cataluña, especialmente la UNESCO y otros organismos de carácter cultural, en la forma que establezca la normativa correspondiente.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Participación en organismos internacionales»?

Artículo 198 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/4

Artículo 198

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «La Generalitat debe participar en los organismos internacionales competentes en materias de interés relevante para Cataluña, especialmente la UNESCO y otros organismos…»?

Artículo 198 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta4/4

Artículo 198. Participación en organismos internacionales

«La Generalitat debe participar en los organismos internacionales competentes en materias de interés relevante para Cataluña, especialmente la UNESCO y otros organismos de carácter cultural, en la forma que establezca la normativa correspondiente.»

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