🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 194 del Estatuto de Autonomía de CataluñaOficinas en el exterior
Texto vigente
La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior.
Flashcards de este artículo
Artículo 194. Oficinas en el exterior
La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior.
La Generalitat, para la promoción de los ________ de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior.
intereses
«La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior.»
¿Qué artículo lleva por título «Oficinas en el exterior»?
¿Qué artículo establece: «La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior»?
Artículo 194. Oficinas en el exterior
«La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. Acción exterior de la Generalitat
- Artículo 193 · Disposiciones generales
- Artículo 195 · Acuerdos de colaboración
- Artículo 196 · Tratados y convenios internacionales
- Artículo 197 · Cooperación transfronteriza, interregional y al desarrollo
- Artículo 198 · Participación en organismos internacionales
- Artículo 199 · Coordinación de las acciones exteriores
- Artículo 200 · Proyección internacional de las organizaciones de Cataluña
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.