🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 195 del Estatuto de Autonomía de CataluñaAcuerdos de colaboración
Texto vigente
La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias. A tal fin, los órganos de representación exterior del Estado prestarán el apoyo necesario a las iniciativas de la Generalitat.
Flashcards de este artículo
Artículo 195. Acuerdos de colaboración
La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias. A tal fin, los órganos de representación exterior del Estado prestarán el apoyo necesario a las iniciativas de la Generalitat.
La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede suscribir acuerdos de ________ en el ámbito de sus competencias.
colaboración
«La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias.»
¿Qué artículo lleva por título «Acuerdos de colaboración»?
A tal fin, los órganos de ________ exterior del Estado prestarán el apoyo necesario a las iniciativas de la Generalitat.
representación
«A tal fin, los órganos de representación exterior del Estado prestarán el apoyo necesario a las iniciativas de la Generalitat.»
¿Qué artículo establece: «La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias»?
Artículo 195. Acuerdos de colaboración
«La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. Acción exterior de la Generalitat
- Artículo 193 · Disposiciones generales
- Artículo 194 · Oficinas en el exterior
- Artículo 196 · Tratados y convenios internacionales
- Artículo 197 · Cooperación transfronteriza, interregional y al desarrollo
- Artículo 198 · Participación en organismos internacionales
- Artículo 199 · Coordinación de las acciones exteriores
- Artículo 200 · Proyección internacional de las organizaciones de Cataluña
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.