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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 196 del Estatuto de Autonomía de CataluñaTratados y convenios internacionales

Texto vigente

1. El Gobierno del Estado informará previamente a la Generalitat de los actos de celebración de aquellos tratados que afecten directa y singularmente a las competencias de Cataluña. La Generalitat y el Parlamento podrán dirigir al Gobierno las observaciones que estimen pertinentes.

2. Cuando se trate de tratados que afecten directa y singularmente a Cataluña, la Generalitat podrá solicitar del Gobierno que integre en las delegaciones negociadoras a representantes de la Generalitat.

3. La Generalitat podrá solicitar del Gobierno la celebración de tratados internacionales en materias de su competencia.

4. La Generalitat debe adoptar las medidas necesarias para ejecutar las obligaciones derivadas de los tratados y los convenios internacionales ratificados por España o que vinculen al Estado en el ámbito de sus competencias.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 196. Tratados y convenios internacionales (apartado 1)

Artículo 196 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

El Gobierno del Estado informará previamente a la Generalitat de los actos de celebración de aquellos tratados que afecten directa y singularmente a las competencias de Cataluña. La Generalitat y el Parlamento podrán dirigir al Gobierno las observaciones que estimen pertinentes.

Completa el hueco2/5

El Gobierno del Estado informará previamente a la Generalitat de los actos de celebración de aquellos tratados que afecten directa y ________ a las competencias de Cataluña.

Artículo 196 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

singularmente

«El Gobierno del Estado informará previamente a la Generalitat de los actos de celebración de aquellos tratados que afecten directa y singularmente a las competencias de Cataluña.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Tratados y convenios internacionales»?

Artículo 196 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 196

Información4/5

Artículo 196. Tratados y convenios internacionales (apartado 2)

Artículo 196 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Cuando se trate de tratados que afecten directa y singularmente a Cataluña, la Generalitat podrá solicitar del Gobierno que integre en las delegaciones negociadoras a representantes de la Generalitat.

Completa el hueco5/5

La Generalitat y el Parlamento podrán dirigir al Gobierno las ________ que estimen pertinentes.

Artículo 196 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

observaciones

«La Generalitat y el Parlamento podrán dirigir al Gobierno las observaciones que estimen pertinentes.»

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