🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635
Disposición transitoria tercera del Estatuto de Autonomía de Cantabria
Texto vigente
A la entrada en vigor del presente Estatuto, la Diputación Provincial de Santander quedará integrada en la Comunidad Autónoma en los términos de lo dispuesto en el artículo treinta y uno del presente Estatuto.
Flashcards de este artículo
Disposición transitoria tercera
A la entrada en vigor del presente Estatuto, la Diputación Provincial de Santander quedará integrada en la Comunidad Autónoma en los términos de lo dispuesto en el artículo treinta y uno del presente Estatuto.
A la entrada en vigor del presente Estatuto, la Diputación Provincial de Santander quedará integrada en la Comunidad Autónoma en los términos de lo dispuesto en el artículo ________ del presente Estatuto.
treinta y uno
«A la entrada en vigor del presente Estatuto, la Diputación Provincial de Santander quedará integrada en la Comunidad Autónoma en los términos de lo dispuesto en el artículo treinta y uno del presente Estatuto.»
¿Qué artículo establece: «A la entrada en vigor del presente Estatuto, la Diputación Provincial de Santander quedará integrada en la Comunidad Autónoma en los términos…»?
Disposición transitoria tercera
«A la entrada en vigor del presente Estatuto, la Diputación Provincial de Santander quedará integrada en la Comunidad Autónoma en los términos de lo dispuesto en el artículo treinta y uno del presente Estatuto.»
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