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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635

Disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Cantabria

Texto vigente

La celebración de elecciones atenderá a lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Disposición adicional tercera

Disposición adicional tercera · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido1/3

La celebración de elecciones atenderá a lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales.

Completa el hueco2/3

La celebración de elecciones atenderá a lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas ________.

Disposición adicional tercera · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta2/3

electorales

«La celebración de elecciones atenderá a lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «La celebración de elecciones atenderá a lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las…»?

Disposición adicional tercera · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta3/3

Disposición adicional tercera

«La celebración de elecciones atenderá a lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales.»

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