🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635
Disposición transitoria octava del Estatuto de Autonomía de Cantabria
Texto vigente
Hasta tanto la Asamblea Regional no legisle sobre las materias de su competencia continuarán en vigor las actuales leyes y disposiciones del Estado que se refieren a dichas materias, sin perjuicio de que su desarrollo reglamentario y ejecución se lleve a cabo por la Diputación Regional de Cantabria en los supuestos previstos por este Estatuto.
Flashcards de este artículo
Disposición transitoria octava
Hasta tanto la Asamblea Regional no legisle sobre las materias de su competencia continuarán en vigor las actuales leyes y disposiciones del Estado que se refieren a dichas materias, sin perjuicio de que su desarrollo reglamentario y ejecución se lleve a cabo por la Diputación Regional de Cantabria en los supuestos previstos por este Estatuto.
Hasta tanto la Asamblea Regional no legisle sobre las materias de su competencia continuarán en vigor las actuales leyes y ________ del Estado que se refieren a dichas materias, sin perjuicio de que su desarrollo reglamentario y ejecución se lleve a cabo por la Diputación Regional de Cantabria en los supuestos previstos por este Estatuto.
disposiciones
«Hasta tanto la Asamblea Regional no legisle sobre las materias de su competencia continuarán en vigor las actuales leyes y disposiciones del Estado que se refieren a dichas materias, sin perjuicio de que su desarrollo reglamentario y ejecución se lleve a cabo por la Diputación Regional de Cantabria en los supuestos previstos por este Estatuto.»
¿Qué artículo establece: «Hasta tanto la Asamblea Regional no legisle sobre las materias de su competencia continuarán en vigor las actuales leyes y disposiciones del…»?
Disposición transitoria octava
«Hasta tanto la Asamblea Regional no legisle sobre las materias de su competencia continuarán en vigor las actuales leyes y disposiciones del Estado que se refieren a dichas materias, sin perjuicio de que su desarrollo reglamentario y ejecución se lleve a cabo por la Diputación Regional de Cantabria en los supuestos previstos por este Estatuto.»
Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición transitoria sexta
- Disposición transitoria séptima
- Disposición transitoria novena
- Disposición transitoria décima
- Disposición transitoria undécima
- Disposición final
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.