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🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138

Artículo 31 del Estatuto de Autonomía de CanariasDerechos de participación

Texto vigente

En el ámbito de la participación política, las personas que ostenten la condición política de canarios, conforme lo establecido en el presente Estatuto y en las leyes, tienen derecho:

a) A participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Canarias, de forma directa o bien a través de representantes.

b) A elegir libremente a sus representantes en los órganos políticos representativos y a concurrir como candidatos y candidatas en los procesos electorales.

c) A promover y presentar iniciativas legislativas al Parlamento de Canarias, y a participar, directamente o a través de entidades asociativas, en el proceso de elaboración de las leyes del Parlamento, en los términos que se establezcan en el Reglamento de la Cámara.

d) A dirigir peticiones y a plantear quejas a las instituciones y administraciones públicas canarias.

e) A promover la convocatoria de consultas populares en el ámbito espacial de Canarias, así como participar en ellas. Todo ello sin perjuicio de las competencias del Estado en materia de referéndum.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 31. Derechos de participación (1/2)

Artículo 31 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido1/5

En el ámbito de la participación política, las personas que ostenten la condición política de canarios, conforme lo establecido en el presente Estatuto y en las leyes, tienen derecho: • a) A participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Canarias, de forma directa o bien a través de representantes. • b) A elegir libremente a sus representantes en los órganos políticos representativos y a concurrir como candidatos y candidatas en los procesos electorales.

Completa el hueco2/5

En el ámbito de la participación ________, las personas que ostenten la condición política de canarios, conforme lo establecido en el presente Estatuto y en las leyes, tienen derecho:

Artículo 31 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta2/5

política

«En el ámbito de la participación política, las personas que ostenten la condición política de canarios, conforme lo establecido en el presente Estatuto y en las leyes, tienen derecho:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Derechos de participación»?

Artículo 31 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta3/5

Artículo 31

Información4/5

Artículo 31. Derechos de participación (2/2)

Artículo 31 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido4/5

• c) A promover y presentar iniciativas legislativas al Parlamento de Canarias, y a participar, directamente o a través de entidades asociativas, en el proceso de elaboración de las leyes del Parlamento, en los términos que se establezcan en el Reglamento de la Cámara. • d) A dirigir peticiones y a plantear quejas a las instituciones y administraciones públicas canarias. • e) A promover la convocatoria de consultas populares en el ámbito espacial de Canarias, así como participar en ellas. Todo ello sin perjuicio de las competencias del Estado en materia de referéndum.

Completa el hueco5/5

A participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Canarias, de forma directa o bien a través de ________.

Artículo 31 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta5/5

representantes

«A participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Canarias, de forma directa o bien a través de representantes.»

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