🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138
Artículo 26 del Estatuto de Autonomía de CanariasDerechos en el ámbito del medio ambiente
Texto vigente
1. Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible, sin contaminación y respetuoso hacia la salud, y a gozar de los recursos naturales y del paisaje terrestre y marino en condiciones de igualdad, realizando un uso responsable de los mismos. Asimismo, en los términos que determinen las leyes, tienen el correlativo deber de protegerlo y mejorarlo para las generaciones presentes y futuras, así como soportar las limitaciones que tal protección puedan afectar a sus intereses.
2. Los poderes públicos canarios garantizarán la defensa y protección de la naturaleza, el medio ambiente, el paisaje y la biodiversidad sea en espacios terrestres como marinos. Se establecerán políticas de gestión, ordenación y mejora de su calidad, con arreglo al principio de desarrollo sostenible, armonizándolas con las transformaciones que se produzcan por la evolución social, económica y ambiental, evitando la especulación urbanística sobre el territorio.
3. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información medioambiental de que disponen los poderes públicos canarios.
Flashcards de este artículo
Artículo 26. Derechos en el ámbito del medio ambiente (apartado 1)
Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible, sin contaminación y respetuoso hacia la salud, y a gozar de los recursos naturales y del paisaje terrestre y marino en condiciones de igualdad, realizando un uso responsable de los mismos. Asimismo, en los términos que determinen las leyes, tienen el correlativo deber de protegerlo y mejorarlo para las generaciones presentes y futuras, así como soportar las limitaciones que tal protección puedan afectar a sus intereses.
Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible, sin ________ y respetuoso hacia la salud, y a gozar de los recursos naturales y del paisaje terrestre y marino en condiciones de igualdad, realizando un uso responsable de los mismos.
contaminación
«Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible, sin contaminación y respetuoso hacia la salud, y a gozar de los recursos naturales y del paisaje terrestre y marino en condiciones de igualdad, realizando un uso responsable de los mismos.»
¿Qué artículo lleva por título «Derechos en el ámbito del medio ambiente»?
Artículo 26. Derechos en el ámbito del medio ambiente (apartado 2)
Los poderes públicos canarios garantizarán la defensa y protección de la naturaleza, el medio ambiente, el paisaje y la biodiversidad sea en espacios terrestres como marinos. Se establecerán políticas de gestión, ordenación y mejora de su calidad, con arreglo al principio de desarrollo sostenible, armonizándolas con las transformaciones que se produzcan por la evolución social, económica y ambiental, evitando la especulación urbanística sobre el territorio.
Asimismo, en los términos que determinen las leyes, tienen el correlativo deber de protegerlo y mejorarlo para las ________ presentes y futuras, así como soportar las limitaciones que tal protección puedan afectar a sus intereses.
generaciones
«Asimismo, en los términos que determinen las leyes, tienen el correlativo deber de protegerlo y mejorarlo para las generaciones presentes y futuras, así como soportar las limitaciones que tal protección puedan afectar a sus intereses.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Derechos y deberes
- Artículo 12 · Familia
- Artículo 13 · Derechos de las personas menores de edad
- Artículo 14 · Derechos de las personas jóvenes
- Artículo 15 · Derechos de las personas mayores
- Artículo 16 · Derechos de las personas en situación de discapacidad y de dependencia
- Artículo 17 · Derecho a la igualdad entre mujeres y hombres
- Artículo 18 · Derecho a la orientación sexual
- Artículo 19 · Derechos en el ámbito de la salud
- Artículo 20 · Derecho a formular instrucciones previas
- Artículo 21 · Derechos en el ámbito de la educación
- Artículo 22 · Derecho de acceso a la vivienda
- Artículo 23 · Derechos en el ámbito laboral y profesional
- Artículo 24 · Derecho a una renta de ciudadanía
- Artículo 25 · Derechos de consumidores y usuarios
- Artículo 27 · Derecho en el ámbito cultural
- Artículo 28 · Derecho de acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación
- Artículo 29 · Derechos en el ámbito de los servicios sociales
- Artículo 30 · Derecho a la protección de los datos personales
- Artículo 31 · Derechos de participación
- Artículo 32 · Derecho a una buena administración
- Artículo 33 · Derechos en el ámbito de la justicia
- Artículo 34 · Derecho a la memoria histórica
- Artículo 35 · Derechos de los animales
- Artículo 36 · Garantía de los derechos
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.