🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138
Artículo 22 del Estatuto de Autonomía de CanariasDerecho de acceso a la vivienda
Texto vigente
Los poderes públicos canarios deberán garantizar el derecho de todas las personas a una vivienda digna y regular su función social, mediante un sistema de promoción pública, en condiciones de igualdad y en los términos que establezcan las leyes, poniendo especial atención sobre aquellos colectivos sociales más vulnerables. Se regulará el uso del suelo de acuerdo con el interés general para evitar la especulación.
Flashcards de este artículo
Artículo 22. Derecho de acceso a la vivienda
Los poderes públicos canarios deberán garantizar el derecho de todas las personas a una vivienda digna y regular su función social, mediante un sistema de promoción pública, en condiciones de igualdad y en los términos que establezcan las leyes, poniendo especial atención sobre aquellos colectivos sociales más vulnerables. Se regulará el uso del suelo de acuerdo con el interés general para evitar la especulación.
Los poderes públicos canarios deberán garantizar el derecho de todas las personas a una vivienda digna y regular su función social, mediante un sistema de promoción pública, en ________ de igualdad y en los términos que establezcan las leyes, poniendo especial atención sobre aquellos colectivos sociales más vulnerables.
condiciones
«Los poderes públicos canarios deberán garantizar el derecho de todas las personas a una vivienda digna y regular su función social, mediante un sistema de promoción pública, en condiciones de igualdad y en los términos que establezcan las leyes, poniendo especial atención sobre aquellos colectivos sociales más vulnerables.»
¿Qué artículo lleva por título «Derecho de acceso a la vivienda»?
¿Qué artículo establece: «Los poderes públicos canarios deberán garantizar el derecho de todas las personas a una vivienda digna y regular su función social, mediante…»?
Artículo 22. Derecho de acceso a la vivienda
«Los poderes públicos canarios deberán garantizar el derecho de todas las personas a una vivienda digna y regular su función social, mediante un sistema de promoción pública, en condiciones de igualdad y en los términos que establezcan las leyes, poniendo especial atención sobre aquellos colectivos sociales más vulnerables.»
¿Qué artículo establece: «Se regulará el uso del suelo de acuerdo con el interés general para evitar la especulación»?
Artículo 22. Derecho de acceso a la vivienda
«Se regulará el uso del suelo de acuerdo con el interés general para evitar la especulación.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Derechos y deberes
- Artículo 12 · Familia
- Artículo 13 · Derechos de las personas menores de edad
- Artículo 14 · Derechos de las personas jóvenes
- Artículo 15 · Derechos de las personas mayores
- Artículo 16 · Derechos de las personas en situación de discapacidad y de dependencia
- Artículo 17 · Derecho a la igualdad entre mujeres y hombres
- Artículo 18 · Derecho a la orientación sexual
- Artículo 19 · Derechos en el ámbito de la salud
- Artículo 20 · Derecho a formular instrucciones previas
- Artículo 21 · Derechos en el ámbito de la educación
- Artículo 23 · Derechos en el ámbito laboral y profesional
- Artículo 24 · Derecho a una renta de ciudadanía
- Artículo 25 · Derechos de consumidores y usuarios
- Artículo 26 · Derechos en el ámbito del medio ambiente
- Artículo 27 · Derecho en el ámbito cultural
- Artículo 28 · Derecho de acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación
- Artículo 29 · Derechos en el ámbito de los servicios sociales
- Artículo 30 · Derecho a la protección de los datos personales
- Artículo 31 · Derechos de participación
- Artículo 32 · Derecho a una buena administración
- Artículo 33 · Derechos en el ámbito de la justicia
- Artículo 34 · Derecho a la memoria histórica
- Artículo 35 · Derechos de los animales
- Artículo 36 · Garantía de los derechos
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.