🗺️ Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981) · BOE-A-1982-634
Artículo 16 del Estatuto de Autonomía de Asturias
Texto vigente
El Principado de Asturias impulsará la conservación y compilación del derecho consuetudinario asturiano.
Flashcards de este artículo
Artículo 16
El Principado de Asturias impulsará la conservación y compilación del derecho consuetudinario asturiano.
El Principado de Asturias impulsará la conservación y compilación del derecho ________ asturiano.
consuetudinario
«El Principado de Asturias impulsará la conservación y compilación del derecho consuetudinario asturiano.»
¿Qué artículo establece: «El Principado de Asturias impulsará la conservación y compilación del derecho consuetudinario asturiano»?
Artículo 16
«El Principado de Asturias impulsará la conservación y compilación del derecho consuetudinario asturiano.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
El Principado de Asturias impulsará la conservación y, en su caso, y compilación del derecho consuetudinario asturiano.
- Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
- Vigente desde 09/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-338
Otros artículos de TITULO I. De las competencias del Principado de Asturias
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.